“En un fallo ejemplar, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, estableció en el día de la fecha (ayer), que los municipios no pueden exigir el pago de una tasa cuando no se tiene local o establecimiento en su jurisdicción ya que no existe la posibilidad de prestar un servicio público efectivo, individualizado y concreto. Ordenó asimismo, la devolución del dinero pagado y condenó en costas al municipio de Córdoba.”. El texto fue enviado por la comisión Directiva de AERCA, una entidad que se opuso terminantemente al embate de algunos municipios, entre ellos Villa María, intentando cobrar tasas a las empresas que están de paso.
“Fallo ejemplar y como decimos vulgarmente un tiro para el lado de la Justicia", dijo AERCA al respecto. Si bien, el fallo tiene relación con el municipio de Córdoba, podría perjudicar a las otras municipalidades que vienen a través del estudio Villegas exigiendo pagos a firmas que no están instaladas en el lugar.
“Algunos profesionales pretendieron, desde hace mucho tiempo, hacer legal algo que evidentemente la Corte puso en el lugar que correspondía, y así evitar estas improcedentes formas de recaudación”, precisó AERCA señalando que ya están las puertas abiertas para el reclamo.
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