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Roque Rebak, juez Federal de Villa María (foto de archivo) |
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Un vecino de barrio Industrial, que el martes de la semana pasada fue detenido en su casa con 310 gramos de clorhidrato de cocaína, una balanza y dinero en efectivo, se abstuvo ayer de declarar al ser llevado al Juzgado Federal de Villa María, donde se tramita la causa.
Se trata de Alfredo Mario Moreno, apodado “El Jubilado”, quien está imputado como presunto autor de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, delito que es reprimido con hasta 15 años de prisión.
Moreno fue apresado en su vivienda particular de Provincias Unidas y Juana Azurduy durante las primeras horas de la tarde del martes 14 del corriente, y en la oportunidad personal de la División Drogas Peligrosas de la Unidad Departamental General San Martín incautó cinco envoltorios con aproximadamente 60 gramos de cocaína cada uno, además de una balanza de precisión y 3.260 pesos en efectivo.
Aquel operativo fue ordenado por el juez Federal Roque Ramón Rebak, quien en la víspera llevó a cabo personalmente la indagatoria, asistido por el titular de la Secretaría Penal, Eduardo Caeiro, al tiempo que Moreno contó con la asistencia legal del abogado Eduardo Luis Rodríguez.
La medida procesal se concretó a las 11.30 en la sede del Juzgado villamariense, sito en 9 de Julio 43, y posteriormente el imputado fue trasladado desde la Comisaría de Distrito local (donde estaba alojado a partir del momento de su detención) hasta la cárcel de barrio Belgrano, donde aguardará la resolución del magistrado interviniente.
En rigor de verdad, Moreno declaró sobre condiciones personales y luego, al ser intimado sobre el ilícito que se le atribuye, hizo uso del derecho constitucional que le permite a todo detenido abstenerse de declarar, sin que ello sea interpretado como una presunción de culpabilidad.
Alfredo Moreno nació en Villa María el 29 de enero de 1973 (tiene 36 años), está radicado en el domicilio antes citado y al comparecer ante el juez Rebak dijo que se gana la vida trabajando como vendedor ambulante. Asimismo, pudo saberse que el sospechoso carece de antecedentes penales.
Qué dice la ley
El artículo 5, inciso “c”, de la Ley Federal de Estupefacientes 23.737 (popularmente conocida como “ley de drogas”) establece que “será reprimido con reclusión o prisión de cuatro a 15 años, y multa, el que, sin autorización o con destino ilegítimo (...) comercie con estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación o las tenga con fines de comercialización, o las distribuya, o las dé en pago, o las almacene o transporte”.
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