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26 de Julio de 2009
Aumento excesivo de gas
Paso a paso, cómo reclamar
Algunas facturas de gas llegan con aumentos de hasta un 400%. Si el usuario considera que es excesivo, puede hacer un reclamo. Aquí le explicamos cómo hacerlo
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Tal como informamos días atrás, el auditor General de Villa María se sumó a los defensores del pueblo acercando a los usuarios del servicio de gas un instructivo para poder reclamar por el aumento excesivo. En este caso, recomienda a los vecinos ir a la sede de la Defensoría donde lo asesorarán.
Pero también puede hacerlo por su cuenta.
Para ello, debe comenzar por ir a pagar en el último vencimiento, dado que hay mucha movilización de legisladores y organizaciones de consumidores que pueden hacer modificar ese aumento excesivo. En este caso, el tiempo puede correr a su favor.
Cuando va a realizar el pago, tiene que indicar claramente que lo hace en disconformidad, como se puede ver en el facsímil que ilustra esta página.
Luego del pago, tiene que ir a formalizar el reclamo a la sede de Ecogas, con una nota dirigida a Distribuidora de Gas del Centro.
Esa nota, según el modelo que confeccionó el defensor del Pueblo de la provincia, debe contener lo siguiente:
4 Número de factura que reclama y número de cuenta.
4 Encabezando la nota, debe hacer figurar su nombre, el DNI y el domicilio.
4 El texto que sigue después de los datos personales es así: “En mi carácter de titular del servicio de gas correspondiente a la factura y cuenta de referencia, se dirige a Uds. con el objeto de manifestar mi disconformidad con el importe resultante de la factura de gas del período correspondiente a (indique el mes de facturación) por cuanto se está cobrando el ítem denominado ‘cargo Decreto 2.067/08’ que es inconstitucional por tratarse de un impuesto encubierto y no corresponder al costo del servicio brindado.
Expreso el rechazo de la factura recibida por ser violatoria de los artículos 4, 17 y 75 inc. 2 de la Constitución Nacional en cuanto estipulan que “ninguna carga puede ser exigible sin la preexistencia de una disposición legal encuadrada dentro de los preceptos y recaudos constitucionales, esto es válidamente creada por el único poder del estado investido de tales atribuciones, debiendo declararse inconstitucional el Decreto 2.067/08 de la Presidencia de la Nación, y las Resoluciones 1.451/08 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y 563/08 del Enargas.
Por consiguiente solicito se me devuelva el importe correspondiente a dicho cargo o se afecte a nuevos consumos, haciendo reserva de las acciones legales y judiciales que hagan a la defensa de mis derechos”.
4 Y después, sólo le resta esperar.

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