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El camarista René Gandarillas presidió la audiencia en la que Luis López fue condenado a tres años de prisión luego que confesara haber cometido un asalto en un quiosco de barrio Rivadavia |
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A requerimiento del fiscal Francisco Márquez, previo acuerdo con la defensa, el camarista René Gandarillas le impuso ayer una pena de tres años de prisión efectiva a un joven villamariense que perpetró un asalto a mano armada en un quiosco de barrio Rivadavia.
La condena recayó sobre Luis Rubén López, de 21 años de edad, quien fue declarado autor responsable del delito de “robo calificado” por uso de arma de fuego, cuya operatividad no se pudo acreditar, a tenor de lo que establece el artículo 166, inciso 2º, último párrafo del Código Penal de la Nación (ver “Qué dice la ley”).
A poco de comenzada la audiencia, López declaró reconociendo su responsabilidad penal, lo que permitió que el juicio fuera de trámite abreviado y se omitiera la recepción de testimonios en la sala del quinto piso de Tribunales.
Tras la confesión del imputado, las partes decidieron incorporar por lectura toda la prueba obrante en el expediente para luego dar paso a los alegatos.
Al emitir sus conclusiones, el acusador público pidió el mínimo de la pena prevista por la ley para el tipo de delito que se le atribuía, principalmente porque López es un delincuente primario, mientras que el asesor letrado Juan Rusconi adhirió a la condena solicitada por el fiscal.
@ Sobre el hecho
El asalto se registró alrededor de las 19.30 del miércoles 28 de enero del corriente año en el quiosco “La Juana”, ubicado en Alvear y Remedios de Escalada.
López irrumpió en el negocio empuñando un arma de fuego y, bajo amenazas, despojó a la propietaria, Claudia Cristina Duarte, de 500 pesos en efectivo y un teléfono celular marca Sony Ericsson.
Con el botín en su poder, el delincuente salió raudamente y huyó a bordo de una moto Gilera, pero su huida no duró demasiado ya que fue detenido por personal del Comando de Acción Preventiva en bulevar Sarmiento y Porfirio Seppey, es decir a unas 14 cuadras del lugar del hecho.
Pese a la premura con que actuó la Policía, no se pudo localizar el arma empleada en el asalto y precisamente por esa razón no se logró establecer si la misma era operativa o si se trataba de un arma de utilería.
Con buena conducta, López -nacido en esta ciudad el 7 de abril de 1988- podrá obtener el beneficio de la “libertad condicional” cuando cumpla ocho meses de detención, por lo cual estará en condiciones de dejar el penal de barrio Belgrano el 28 de setiembre próximo.
@ Qué dice la ley
El delito de “robo calificado” es legislado por el artículo 166 del Código Penal, que establece que “se aplicará reclusión o prisión de cinco a 15 años...
1º) si por las violencias ejercidas para realizar el robo, se causare alguna de las lesiones previstas en los artículos 90 y 91 (lesiones graves).
2º) si el robo se cometiere con armas, o en despoblado y en banda.
Si el arma utilizada fuera de fuego, la escala penal prevista se elevará en un tercio en su mínimo y en su máximo.
Si se cometiere el robo con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudiera tenerse de ningún modo por acreditada, o con un arma de utilería, la pena será de tres a 10 años de reclusión o prisión.
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