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El abogado Martín Silvano (izquierda) y el fiscal Márquez coincidieron en la pena solicitada para Mancini y que luego aplicó el juez Gandarillas |
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“A confesión de parte, relevamiento de prueba”, dice un conocido refrán. Y sobre esa base, sumada a la contundente prueba colectada en el expediente, la Cámara del Crimen de Villa María condenó ayer a un joven entrerriano que violó a un niño en la localidad de La Laguna a mediados de octubre del año pasado.
El caso alcanzó una notoria repercusión regional, sobre todo porque la comunidad lagunense, indignada por las características del conmovedor episodio, ganó las calles de la tranquila población para pedir que se hiciera justicia.
Pasaron nueve meses y medio desde aquellos días de dolor y bronca popular, y finalmente la causa llegó a juicio.
En una audiencia que se realizó a puertas cerradas (por tratarse de un delito de instancia privada, que además tuvo como víctima a un menor de edad), el camarista René Gandarillas terminó aplicando una condena de seis años de prisión a Alejandro Rubén Mancini, luego que el propio imputado admitiera su participación en el aberrante suceso.
La sanción de referencia fue producto de un acuerdo previo entre el fiscal de Cámara, Francisco Márquez, y el abogado defensor, Marcelo Martín Silvano.
Mancini, de 19 años, fue declarado autor responsable de “abuso sexual con acceso carnal” y se le impuso el mínimo de la pena prevista por la legislación vigente para ese tipo de delito. Por un lado, porque carecía de antecedentes, y también porque su confesión lisa y llana benefició su situación procesal.
De este modo, el joven entrerriano recibió su primera condena judicial, que lo dejará entre rejas hasta por lo menos mediados de octubre de 2012, fecha en la que podrá acceder al beneficio de la “libertad condicional”.
@El marco legal
Con buena conducta durante el tiempo de detención, Mancini tendrá la posibilidad de dejar la cárcel de barrio Belgrano una vez que cumpla las dos terceras partes de la sanción impuesta, es decir cuatro años.
Así lo establece el artículo 13 del Código Penal de la Nación, al señalar que “el condenado a reclusión o prisión (...) por más de tres años, que hubiere cumplido los dos tercios (...), podrá obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique, en forma individualizada y favorable, su reinserción social”.
Además, el presidiario deberá cumplir con una serie de condiciones, como fijar domicilio, no cometer nuevos delitos y someterse a tratamiento médico, psiquiátrico o psicológico, entre otros aspectos legales.
@Aquel octubre
El hecho por el que fue juzgado y condenado Mancini se produjo en horas de la mañana del domingo 19 de octubre, cuando llegó a La Laguna procedente de Ordóñez a donde, junto a otros tres jóvenes, había concurrido a una confitería durante la noche del día anterior.
De retorno a Pasco, los cuatro individuos se dirigieron al bufé del Club Unión Lagunense, y al ingresar los parroquianos observaron que estaban alcoholizados.
En un momento, el joven entrerriano salió de las instalaciones del club y fue cuando se encontró con el pequeño, a quien llevó hasta los fondos de un terreno y lo sometió a sus bajos instintos.
@Triste relato
A pocas horas de ocurrido el abuso, la mamá del menor contó a EL DIARIO que eran las 8.30 de aquel domingo de octubre cuando mandó a su hijo “a la casa de una señora que siempre le da de comer”. Fue entonces que, al llegar a la vivienda de la vecina, ésta “le dijo que esperara”, instante en el que “otro chico lo invitó a ver unas palomas”, por lo que el niño fue hasta una vivienda en cuyos fondos “hay un galpón caído”.
Envuelta en llanto, la madre relató que allí fue donde “un muchacho lo golpeó y abusó de él”.
“Cuando volvió a casa vi como estaba, lastimada la cara, la espalda y le pregunté que le había pasado”, añadió entonces la mujer, “pero él no me decía nada, tenía miedo y sólo habló con mi mamá (la abuela del niño), pero cuando lo revisé bien, vi que tenía la cola toda ensangrentada”.
“Recién cuando lo llevé al dispensario el médico me dijo que lo habían violado”, concluyó la atribulada mamá con lágrimas en los ojos.
@Otros detalles
Alejandro Mancini es oriundo de la pequeña comuna de Hacenca (nació allí el 31 de enero de 1990), donde actualmente viven sus padres y otros familiares.
Con estudios primarios completos, el joven condenado es soltero y se ganaba la vida como “trabajador golondrina”, principalmente en tareas rurales.
Al momento de ser detenido, estaba domiciliado en calle Corrientes sin número de la localidad de Pasco, a la que llegó procedente de Entre Ríos en febrero de 2008. Allí vivía junto a dos primos y se desempeñaba en una planta manisera del pueblo.
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