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El fiscal Gustavo Atienza imputó el viernes a los cuatro empleados de la Sucursal Centro del Banco de Córdoba, pero recién ayer notificó a las partes. Los acusados deberán presentarse entre hoy y mañana en Tribunales |
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Luego de 18 días de investigación, el fiscal de Instrucción del Segundo Turno resolvió imputar a cuatro empleados de la Sucursal Centro del Banco de la Provincia de Córdoba que habían sido denunciados por autoridades de la entidad crediticia de realizar extracciones de dinero de diversas cajas de ahorro con la intención de comprar divisas, especulando con las diferencias en la cotización.
A través de un decreto firmado el pasado viernes, pero que recién se conoció ayer cuando notificó a las partes, el fiscal Gustavo Atienza acusa a Maximiliano Porporatto, Gustavo Enrique Day, Nicolás Bertello y la contadora Diana Esther Pineda como presuntos coautores de “defraudación calificada”, delito que tiene una pena de hasta seis años de prisión.
El funcionario judicial atribuye a los cuatro trabajadores bancarios el ilícito de referencia, a tenor de los artículos 174, inciso 5º, del Código Penal de la Nación, en relación al artículo 173, inciso 7º, del mismo cuerpo legal (ver “Qué dice la ley”).
La denuncia presentada inicialmente por las autoridades del Banco de Córdoba involucraba a Porporatto, Day y Pineda, pero en el curso de la investigación se sumó el nombre de Bertello, quien también fue imputado junto a sus compañeros de trabajo.
@Van a Tribunales
Si bien la noticia no pudo ser confirmada oficialmente, trascendió que entre hoy y mañana deberán presentarse en el Palacio de Justicia los cuatro trabajadores imputados para que designen formalmente abogado defensor.
Se trata de una medida procesal de rigor, indispensable para que todo imputado pueda ejercer su derecho a defensa. Recién después será el momento de la indagatoria, trámite que posiblemente se lleve a cabo la semana venidera.
En el marco de las versiones extraoficiales, pudo saberse que a media mañana de hoy comparecerá Maximiliano Porporatto, tal vez el más complicado de los cuatro bancarios acusados por el fiscal Atienza, a quien se le atribuyen nada menos que ocho hechos de estafa, por lo que la acusación en su contra es por “defraudación calificada reiterada”.
@Todo empezó...
Tal como lo informó EL DIARIO en su edición del pasado martes 25 de agosto, el día anterior funcionarios de la entidad crediticia con sede en San Martín y Entre Ríos formularon una denuncia penal en la Fiscalía a cargo de Atienza por irregularidades detectadas en la sucursal céntrica, que podrían configurar el delito de estafa.
Según se informó oportunamente, la acusación se basó en una investigación interna realizada por los auditores del Banco, que dio como resultado que al menos tres empleados habrían realizado extracciones de diversas cajas de ahorro con la intención de comprar divisas, especulando con las diferencias en la cotización.
De acuerdo a la información proporcionada en aquella ocasión por el subgerente Zonal del Córdoba, Ricardo Camandone, “tres personas fueron liberadas de cumplir servicio hasta tanto la Justicia resuelva”.
“La investigación se inició hace unos meses por la denuncia de un cliente que detectó un retiro en su resumen que nunca había hecho”, explicó entonces el contador.
El hecho disparó la investigación y, a medida que avanzaba, fueron descubriendo que “una serie de cuentas tuvieron extracciones que no fueron reconocidas por los clientes”.
En paralelo, los auditores encontraron que había operaciones de compra de divisas que los ordenantes no reconocieron haberlas hecho.
“Hablamos de 100 mil pesos pero la investigación sigue”, aseguró Camandone, no descartando que pueda ser mayor la suma de la supuesta estafa.
@Qué dice la ley
El artículo 174 del Código Penal establece que “sufrirá prisión de dos a seis años... 5º) el que cometiere fraude en perjuicio de alguna administración pública”.
Por su parte, el artículo 173 precisa que, “sin perjuicio de la disposición general del artículo 172, se considerarán casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece... 7º) el que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos”.
Y para que quede más claro, el citado artículo 172 explica que “será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño”.
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