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Como en los viejos tiempos. Juan Rusconi (izquierda) junto al fiscal Francisco Márquez. El ex asesor letrado debutó ayer como abogado particular defendiendo a Walter Burdino, de Oliva |
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La Justicia villamariense impuso ayer penas de tres años de prisión de ejecución condicional a dos jóvenes que admitieron haber participado en un asalto a mano armada cometido a fines de noviembre del año pasado en la ciudad de Oliva y pudieron recuperar la libertad luego de permanecer 10 meses entre rejas.
Se trata de Walter Fabián Burdino, de 21 años de edad, y de Diego Alejandro Brunetto, de 28, quienes fueron juzgados junto a S. V. G., de 16 años, quien por tratarse de un menor compareció en estado de libertad.
El adolescente en cuestión también estaba implicado en aquel atraco, perpetrado el 29 de noviembre de 2008, pero a poco de comenzada la audiencia de debate ambos muchachos asumieron la responsabilidad del hecho y lo desligaron del proceso, por lo que fue absuelto de culpa y cargo.
Burdino fue declarado autor de “amenazas” y “daño”, y tanto él como Brunetto fueron considerados coautores de “violación de domicilio” y “robo calificado por uso de arma”.
A mano armada
Cabe señalar que, durante la instrucción de la causa, ambos jóvenes y el menor estaban vinculados entre sí con el asalto que tuvo como víctimas a Elena Campestelli y su cuñado José Alberto Chiosso, quienes fueron despojados de dinero en efectivo y un teléfono celular cuando fueron sorprendidos en el domicilio de Cabo Arce 182 por tres sujetos armados aquel penúltimo día de noviembre del año pasado.
Poco después la Policía apresó a Burdino (domiciliado en Oliva) y a Brunetto (radicado en Oncativo), y más tarde procedió a la detención preventiva del adolescente, por entonces de 15 años, quien luego fue liberado precisamente por tratarse de un menor.
Sin embargo, durante el juicio oral los principales acusados lo desvincularon y “se hicieron cargo” del hecho, circunstancia que le permitió limpiar su prontuario ya que fue absuelto por pedido del propio fiscal de Cámara, Francisco Márquez.
El marco legal
En tanto, Burdino y Brunetto fueron condenados a tres años de prisión en suspenso por dos motivos fundamentales: primero, porque carecían de antecedentes y, segundo, porque no se pudo probar si el arma empleada en el asalto era operativa, a tenor de lo establecido en el artículo 166, último párrafo, del Código Penal de la Nación.
Dicha norma legal establece que “si se cometiere el robo con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudiera tenerse de ningún modo por acreditada (...), la pena será de tres a 10 años de reclusión o prisión”.
Por otra parte, el artículo 13 del mismo Código precisa que “el condenado a reclusión o prisión por tres años o menos, que hubiere cumplido un año de reclusión u ocho meses de prisión, observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrán obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social”.
Con condicional
Favorecidos por esas circunstancias legales y luego de haber pasado 10 meses “a la sombra”, ambos jóvenes recuperaron la libertad en forma condicional.
El juicio fue presidido por la camarista Silvia Saslavsky de Camandone y, además del fiscal Márquez y del secretario Roberto Jue, contó con la participación del letrado villanovense Jorge Bustos, quien defendió a Brunetto y al menor G., y del ex asesor letrado Juan Antonio Rusconi, quien debutó como abogado particular patrocinando a Burdino.
Diego Brunetto nació el 6 de abril de 1981 y Walter Burdino lo hizo el 25 de abril del ’88. Ambos son jornaleros. El menor, en tanto, está cursando la escuela secundaria.
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