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Vidal viene reclamando el blanqueo de los trabajadores del servicio urbano |
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Los integrantes del Sindicato de Peones de Taxis se expresaron en contra de la posibilidad de transformarse en monotributistas.
"Los peones de taxis no podemos ser monotributistas, nuestro trabajo es netamente una relación laboral", consideraron los trabajadores a través de un comunicado hecho llegar a nuestra Redacción y que lleva la firma del secretario General del gremio Héctor Daniel Vidal.
"Decimos no al monotributo, al fraude laboral y a la trabajo en negro", enfatiza el escrito redactado por los conductores locales de taxis y remises.
Para fundamentar su postura, los trabajadores del volante argumentan que la Ley Nacional 25.865 que regula el Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (monotributo), considera a aquellos que hacen prestaciones de servicios, siendo el prestador, en este caso, el titular de la licencia.
"El chofer auxiliar (peón de taxi) es un trabajador de aquél (por el propietario de la licencia), aclararon desde el sindicato.
En este sentido agregaron, citando el artículo 39 de la Ley, que "el empleador acogido a este régimen deberá ingresar por sus trabajadores dependientes los aportes, contribuciones y cuotas establecidas en los regímenes generales del sistema integrado de jubilaciones y pensiones, del Instituto de Servicios Sociales para jubilados y pensionados, del Régimen del Sistema Nacional del seguro de Salud, de asignaciones familiares, del Fondo de Empleo y de la Ley sobre riesgos de trabajo, en los plazos y formas establecidos por las normas de fondo y de procedimientos que regulan cada uno de ellos".
Convenio colectivo
Por otro lado, y sosteniendo la existencia de relación de dependencia entre trabajadores y permisionarios, el escrito sindical hizo referencia a la letra del Convenio Colectivo de Trabajo que rige la actividad en todo el país.
"Denomínese peón de taxi a todos los choferes no titulares de vehículos o licencias que prestan servicio conduciendo taxímetros. En todos los casos, se entiende que hay relación de dependencia, cualquiera fuera la denominación que las partes les dieran al contrato que los une y se regirán por las leyes laborales (Ley de Contrato de Trabajo, Convenio Colectivo de Trabajo y otros), expresaron en el documento remitido a EL DIARIO.
"Por lo expuesto, la jurisprudencia y la doctrina jurídica se considera fraude laboral cualquier otra figura contractual que se quiera implementar", concluyeron desde la entidad gremial conducida por Vidal.
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