A propósito del proyecto de ordenanza propuesto por el intendente Eduardo Accastello al Concejo Deliberante, en el cual se declara de "utilidad pública" a un sector de una manzana en barrio Carlos Pellegrini, el que fue desalojado por la fuerza, durante el pasado mes de julio, la abogada Gloria Serangelli (foto), que asesora a las personas nucleadas en la Asociación Civil "Sin tierra para una vivienda digna", expresó su parecer al respecto de esta delicada situación.
A tal fin y para mayor ilustración, la letrada brindó una serie de precisiones acerca del instituto de la expropiación por causa de utilidad pública y "la innecesariedad de recurrir a esta figura jurídica, si lo que realmente se quiere es proteger a los poseedores de escasos recursos, resolviendo el problema habitacional de las familias carecientes de la ciudad".
La experta en Derecho explicó a EL DIARIO que este tipo de expropiación "está contemplada en el artículo 17 de la Constitución Nacional, el cual establece que la propiedad es inviolable y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, si no en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada".
"De la norma constitucional se desprende que la calificación de "causa de utilidad pública" sólo corresponde al Poder Legislativo (Concejo Deliberante), previos estudio técnico de factibilidad, no pudiendo el Poder Ejecutivo (intendente) variar la causa por la que se dispone de la utilidad pública", explicó la profesional.
"Ahora bien, la indemnización en dinero con hasta un 30% más, es pagada a quien figura como propietario, ya sea el que consiguió tal calidad por medios legales o el que nunca pagó los impuestos y terminó dejando a los pobres poseedores (grupos familiares completos que durante muchos años construyeron una humilde vivienda y en la mayoría de los casos pagaron deudas de impuesto inmobiliario de hasta 30 años de antigüedad) que se anotaron en el Registro creado por la Ley 9.150; mirando como convidados de piedra a las topadoras que se llevan consigo los sueños de una vivienda digna.
@ Desigualdades
"Pero no crean que lo antedicho sucede en todos los casos", advirtió la especialista en la temática.
"En esta ciudad, una reconocida mujer del derecho se quedó con 3.600 metros cuadrados en el barrio más caro de la ciudad estando también anotada en el Registro de Poseedores, aprobada por uno de los mismos jueces que ordenó el desalojo de los terrenos, es el mismo que en dos años declaró por sentencia de usucapión que la misma es la propietaria", lanzó Serangeli.
"Por supuesto que hablamos de gente con el poder económico suficiente como para pagar impuestos, contratar ingenieros que realicen el plano de mensura y profesionales del derecho que culminen el trámite en Tribunales", fundamentó la representante legal.
En este sentido acotó: "No es entonces la expropiación la figura judicial si lo que se quiere es resolver el tema de las familias poseedoras. Lamentablemente no tenemos los villamarienses buenos recuerdos de otras expropiaciones destinadas a bancos de tierra que quedaron en manos privadas".
Como ejemplo la abogada señaló "el valioso predio de ocho hectáreas que perteneciera a la desaparecida ‘Reguera, Montalvo y Cía.’, donde hoy levanta su sede una empresa privada pero que el municipio, en su momento, declaró de utilidad pública y pagó con fondos de todos los vilamarienses".
@ Para integrar
"El intendente declara su intención de proteger a las familias carecientes que ocupan un terreno con destino a vivienda, mientras que me consta que por lo menos tres de sus funcionarios impulsan desalojos masivos", resaltó la letrada.
"¿Qué va a pasar con las familias que en este momento están a las puertas de encontrarse con un desalojo?, ¿los llevarán a los vagones de barrio Las Playas o deberán ocupar el Concejo y la Municipalidad hasta obtener una solución?", preguntó la entrevistada.
"En forma urgente debe concretarse un programa integral que ampare a los grupos familiares que ocupan un terreno con destino a vivienda, ofreciéndoles asesoramiento legal independiente y el municipio contratar ingenieros que realicen los planos de mensura para que puedan estas familias de escasos recursos culminar el trámite", propuso la profesional en leyes.
"La misma Ley 9.150 prevé que los municipios se adhieran a su articulado mediante ordenanza, éste sería un buen comienzo", concluyó.
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