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12 de Febrero de 2010
Le impusieron una sanción de cuatro años y cuatro meses de prisión
Pena unificada para un peón de albañil que abusó de un menor
Elvio Barrios tiene apenas 21 años y ya fue sentenciado por la Justicia local en tres ocasiones. La primera vez fue en abril de 2007 y la segunda un año más tarde. Ayer recibió la pena más alta por un hecho ocurrido en barrio Sarmiento de Villa Nueva
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Barrios volvió a ser juzgado ayer en los Tribunales locales, esta vez por manosear a un menor. En abril de 2007 (foto pequeña) lo habían condenado por primera vez, por asaltar a un taxista

Un joven peón de albañil fue condenado ayer a cuatro años de prisión efectiva por haber manoseado sexualmente a un niño villanovense, aunque dicha sanción fue unificada con otra que tenía pendiente, por lo que terminó recibiendo una pena única de cuatro años y cuatro meses, con declaración de reincidencia.
En efecto, se trata de un convicto “con experiencia” en esto de tener que sentarse en el banquillo de los acusados ya que, con tan sólo 21 años de edad y desde 2007 a esta parte, fue juzgado en tres oportunidades. Y en todos los casos la Justicia de Villa María lo declaró culpable.
Esta vez, Elvio Fabián Barrios recibió la condena más importante de todas, no sólo por las características del delito que se le atribuía, sino porque estaba adeudando parte de una sanción impuesta en abril de 2008.
El asunto es que en aquella oportunidad también había recibido una condena unificada, precisamente porque -al igual que en la víspera- tenía pendiente otro castigo aplicado en el mismo mes, pero del año anterior.
Ahora, el joven Barrios, curiosamente apodado “Nico”, pero también conocido en su entorno familiar como Elvio Chávez (el apellido de su padre de crianza), deberá cumplir casi la totalidad de la pena impuesta por el camarista Héctor Fissore, y sólo podrá acceder al beneficio de la “libertad asistida”, que permite el egreso sólo seis meses antes del cumplimiento integral de la sanción impuesta.

Menor abusado

En esta tercera incursión por los estrados judiciales, Barrios estaba acusado como supuesto autor de “abuso sexual simple” (figura delictiva que anteriormente se conocía como “abuso deshonesto” por manoseos y/o tocamientos impúdicos), un delito que es sancionado con prisión de seis meses a cuatro años.
Sin embargo, el joven y reincidente presidiario terminó siendo declarado autor de “abuso sexual gravemente ultrajante”, un ilícito mucho más delicado y complejo por las secuelas que deja en la víctima, y que es castigado con una pena mucho más severa que el anterior.
“La pena será de cuatro a 10 años de reclusión o prisión cuando el abuso, por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima”, señala textualmente el segundo párrafo del artículo 119 del Código Penal de la Nación.
La víctima es un varón menor de edad, quien fue sometido por Barrios a diferentes prácticas sexuales en una fecha no establecida fehacientemente, pero registrada entre mediados de noviembre y mediados de diciembre de 2007.
Como es habitual en este tipo de procesos, el juicio se realizó a puertas cerradas, no sólo por tratarse de un delito de instancia privada, sino también porque la víctima es un menor de edad.
Estas circunstancias impidieron a la prensa y al público en general acceder al recinto donde se llevó a cabo la audiencia de debate.

Antecedentes

El 24 de abril de 2007, Barrios (por entonces tenía apenas 18 años de edad) fue condenado a tres años de prisión efectiva tras ser declarado coautor responsable de “robo calificado” por uso de arma y autor de “resistencia a la autoridad” y “lesiones leves”, producto de dos hechos delictivos registrados a mediados de marzo.
El más grave de esos ilícitos se produjo el 13 de dicho mes, cuando el joven delincuente y otro sujeto asaltaron a mano armada al taxista villamariense José Alberto Ajona en la esquina de San Luis y Alberdi, y lo despojaron de tan sólo 20 pesos.
Barrios obtuvo la “libertad condicional” a mediados de noviembre de ese año, tras cumplir ocho meses de detención (poco después cometió el abuso sexual por el que ayer fue juzgado y condenado), pero casi de inmediato volvió a ser detenido por resistir un arresto policial con golpes y puntapiés.
Así, durante los primeros días de abril de 2008 se sentó en el banquillo de los acusados del ya disuelto Juzgado Correccional para responder por los delitos de “resistencia a la autoridad” y “lesiones leves”, por los que le impusieron una condena de tres meses de cárcel, aunque la misma se uinificó en tres años y tres meses con la aplicada un año antes por el asalto al taxista.

Otros detalles

Además del juez Fissore, intervinieron en el proceso oral el fiscal de Cámara, Francisco Márquez, y la abogada craikense María Cristina Valles (defensora “ad hoc”, es decir que fue sorteada para ejercer el cargo), mientras que la secretaria actuante fue Gabriela Sanz.
Elvio Barrios, o Chávez (como se lo conoce en el barrio), o simplemente “Nico”, nació en la ciudad de Córdoba el 24 de agosto de 1988, aunque está radicado en Villa Nueva desde hace varios años.
Siendo menor, llenó su precoz prontuario con frondosos antecedentes, en su mayoría por contravenciones y delitos de poca monta, aunque suficientes para hacerse “conocido” en el ámbito policial.

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