La Suprema Corte bonaerense volvió a revocar un fallo de la Cámara Penal de La Plata que había convalidado la detención de menores de 18 años por averiguación de identidad o faltas contravencionales y dispuso que dicte una nueva resolución sobre si esa medida es constitucional o no.
Fuentes judiciales dijeron a Télam que el máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires ordenó a la Sala I de la Cámara que dicte “en forma urgente” un nuevo fallo atendiendo el “fondo” del asunto.
Esto significa que la Cámara debe determinar si es válido o no el decreto Ley 8.031 y el artículo 15 de la Ley 13.482, que prevén la detención de menores de 18 años cuando, por ejemplo, están merodeando por la calle, aunque no hayan cometido un delito.
La causa se originó a partir de un “hábeas corpus” colectivo contra este tipo de detenciones presentado por el defensor oficial del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, Julián Axat, al que hizo lugar el juez en lo Contencioso Administrativo, Luis Arias.
Esta medida fue apelada por el ministro de Seguridad provincial, Carlos Stornelli, y la Cámara Penal platense revocó la decisión, aunque sin analizar el fondo de la cuestión.
Entonces, Axat apeló ante la Suprema Corte y el 2 de diciembre de 2009 el tribunal revocó por primera vez la decisión de la Cámara y le ordenó dictar un nuevo pronunciamiento que revise en forma integral la decisión de Arias.
En esa ocasión, los jueces de la Corte entendieron que no podían revocar el fallo de Arias por cuestiones de índole formal.
La Cámara volvió a fallar por segunda vez en marzo pasado y sostuvo su postura de revocar el fallo de Arias por “improcedente”.
Axat volvió a apelar y una vez más la Corte le reiteró a la Cámara que se expida, pero ahora en forma urgente, sobre el fondo del asunto, esto es la decisión del juez Arias de declarar la inconstitucionalidad de las normas.
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