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23 de Junio de 2010
SUOEM - A raíz de una presentación de Pathenay
Oficializan a la conducción, previo “tirón de orejas”
El Ministerio de Trabajo de la Nación rechazó el pedido de impugnación de los comicios del SUOEM solicitado por el ex secretario General, Roberto Pathenay. Sin embargo, admite que incumplieron los plazos por lo que dictó un apercibimiento a la conducción
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F1: El 15 de diciembre último se realizaron las elecciones en el SUOEM. Pese al apercibimiento, el Ministerio de Trabajo ratificó a las autoridades. F2: Roberto Pathenay fue quien pidió la impugnación de las autoridades electas

Las cosas quedan como estaban porque, en caso de impugnar los comicios que consagraron a Dante Agüero como secretario General del gremio de los municipales (SUOEM) habría “más perjuicios que beneficios”, según juzgaron en el Ministerio de Trabajo de la Nación.
La resolución fue dictada como respuesta al pedido de impugnación presentado ante esa autoridad por Roberto Pathenay, ex secretario General de ese gremio.
El ministerio coincidió con el dirigente en que la comisión directiva actual no cumplió los plazos exigidos por ley para convocar a las elecciones.
También coincidió con Pathenay en que no se puede exigir tres años de antigüedad en el sindicato para poder ser candidato “ya que ese artículo del estatuto social va más allá de los requisitos exigidos por el artículo 18 de la ley 23.551”.
Ahora bien, las autoridades ministeriales consideran que pese a la violación de los plazos no sería conveniente declarar la impugnación de los comicios “ya que nada menos que 535 personas votaron, sobre un total de 902 empadronados, sin haberse presentado en autos ninguno de los mismos o incluso alguno de los que no votaron -fuera del señor Pathenay- a efectuar reserva de derechos alguna”.
Agregan que tampoco hay otra lista que no se pudiera presentar por la violación de los plazos por lo que finalmente resolvieron extender el certificado a las autoridades correspondientes, oficializando así a los dirigentes electos el 15 de diciembre de 2009.
Sin embargo, en el ministerio resolvieron incorporar “el apercibimiento en el módulo observaciones del informe correspondiente a la entidad del Registro Nacional de Asociaciones sindicales”.
Ninguna de las partes opuso observación alguna a lo dispuesto por el ministerio por lo que se ratifican las autoridades electas y se advierte que para la próxima vez, deben respetar los plazos.
Finalmente cabe señalar que del expediente surge que tras el pedido de impugnación, el único que presentó el descargo fue Agüero, no así la Junta Electoral, pese a que sí lo había solicitado el organismo.

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