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3 de Julio de 2010
Día Internacional del Cooperativismo
Raigambre solidaria, distinta organización
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El movimiento de la Economía Social integrado por las Cooperativas y Mutuales, a través de sus confederaciones, y su centenar de federaciones, representativas de más de 15 mil entidades de base, con 11 millones de asociados, insertas en las distintas ramas de actividades, a saber: Agrarias, Industriales, Financieras, de Servicios Públicos, de Trabajo, de Vivienda, de Consumo, de Seguros, de Provisión, de Salud, Servicios Sociales, Ayuda Solidaria, Turismo y Recreación, Proveeduría, se manifiesta claramente como uno de los sectores productivos más pujantes del territorio nacional.
El cooperativismo y el mutualismo constituyen una fenomenal herramienta para el desarrollo de los pueblos.
Es tan importante su accionar que en el espacio de las Naciones Unidas se las ha reconocido como las instituciones que deben fomentarse y ser constantemente mejoradas, siendo sus autoridades elegidas democráticamente.
Las empresas cooperativas, argentinas, cumplen un rol económico importante, con una gran inserción en las economías regionales, contribuyendo al Producto Bruto Interno (PBI) del país con aproximadamente el 9%.
El cúmulo de entidades del tercer sector, facturan anualmente más de 10 mil millones de pesos, dan trabajo genuino aproximadamente a cerca de un millón de personas y contribuyen decisivamente a promover el efecto multiplicador de la economía con participación social.
Las instituciones que tienen a la economía social como credo, han enfrentado con éxito los desafíos de la globalización debiendo para ello hacerse cada vez más eficientes y competitivas.
A su vez el sector Mutual presta servicios a aproximadamente seis millones de personas, con alta eficiencia y calidad en salud y provisión de medicamentos donde más de 700 entidades mutuales prestan tales servicios.
Asimismo contribuyen al financiamiento de vastos sectores de la población, que se ven imposibilitados de acceder a la financiación bancaria.
Cumplen además otros servicios sociales que dignifican al ser humano y su núcleo familiar.
Las cooperativas y mutuales, cumplen un importante y decisivo rol social.
Prácticamente no existe ciudad o pueblo del país donde no exista una Cooperativa o Mutual, integrando así una verdadera red de entidades solidarias.
Estas asociaciones de personas con necesidades afines constituyen una forma de organización de la sociedad civil que ha obrado como integradora de la comunidad y muchas veces, como contenedora de los problemas sociales, con una participación activa en la educación y capacitación como ejes de su accionar, contribuyendo decididamente a promover el desarrollo local.
Así, se puede afirmar sin dudas, que estas entidades son una parte importante de la realidad socioeconómica del país.
Sin embargo y a pesar de estar unidas esencialmente, están reguladas legalmente de distinto modo.
A continuación le ofrecemos un breve repaso de las principales diferencias organizativas (más detalles en el cuadro que ilustra la página 10), que denotan elementales diferencias de carácter entre instituciones.

Mutuales

-Legislación base: Ley 20.321 y 25.374.
- Carácter de la organización: eminentemente privado.
- Prestaciones que realiza: socio-asistenciales, económicas.
- Tipo de asociación: voluntaria.
- Formación del capital: contribución obligatoria no reintegrable, establecida por los asociados y no transferible.
Obras Sociales

-Legislación base: Ley 18.610 y 22.269.
- Carácter de la organización: de trabajadores y empresarios. Estatales, mixtas y privadas.
- Prestaciones que realiza: servicio médico-asistencial. Tiempo libre.
- Tipo de asociación: obligatoria.
- Formación del capital: aportes establecidos por ley.

Sindicatos

-Legislación base: Ley 22.105.
- Objetivos: político-reinvidicativos.
- Tipo de asociación: voluntaria y privada de trabajadores por especialidades.
- Formación del capital: aportes obligatorios. No reintegrables. No transferibles.

Cooperativas

-Legislación base: Ley 20.337.
- Carácter de la organización: privado.Excepcionalmente puede asociarse el Estado.
- Objetivos: económico-sociales.
- Tipo de asociación: voluntaria
- Formación del capital: integrado por cuotas sociales (acciones) obligatorias (las mínimas).
No obligatorias las que superan el mínimo. Reintegrables al abonar la asociación o transferibles a terceros.

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