Edicion: 2015-07-01
Hoy en Tapa de Papel | Ediciones Anteriores
NOTICIAS SUPLEMENTOS SERVICIOS CONTACTO QUIENES SOMOS
Portada  »  Suplementos especiales  »  Matrimonio: el Estado, la Iglesia y el conflicto
4 de Julio de 2010
Transitando los caminos de la historia - Nota 216
Matrimonio: el Estado, la Iglesia y el conflicto
Compartir Compartir Imprimir

Escribe:
Jesús Chirino

En noviembre de 1888 fue promulgada la Ley de Matrimonio Civil, estableciendo como obligatorio que las uniones primero fueran asentadas en el Registro Civil y recién luego pudiera oficiarse la ceremonia religiosa. De esta manera se modificaban las facultades que hasta ese momento poseía la Iglesia Católica para celebrar y registrar los matrimonios que se produjeran en el país, sin necesidad de la participación de autoridad alguna del Estado. Ante esa nueva realidad legal se produjeron reacciones en todo el país. La conflictividad derivada de la modificación legal también tuvo sus capítulos en Villa María, aquí recordaremos uno de ellos.

@ El matrimonio

Como uno de los antecedentes de esta problemática puede mencionarse que en setiembre de 1867, en la provincia de Santa Fe, bajo el Gobierno de Nicasio Oroño se dictó lo que sería la primera Ley Provincial de Matrimonio Civil. En aquel año, el mismo en que nacía Villa María, la vigencia de la ley santafesina duró poco tiempo. El obispo José María Gelabert y Crespo acusó a Oroño de haber incurrido en cuestión de tal gravedad que sería sancionado con la pena de excomunión. El religioso también ordenó que los párrocos no celebraran los matrimonios de las parejas que primero hubieran pasado por el Registro Civil. Los caldeados ánimos llevaron a que el 30 de diciembre algunos opositores a esa ley, pusieran una copia de la misma en un cuadro y, frente a una gran muchedumbre reunida en una plaza santafesina, literalmente la fusilaran. El gobernador solicitó que el obispo fuera procesado por la Justicia.
A principio del año 1868 en la vecina provincia de Santa Fe se dio una revuelta de quienes decían luchar contra la masonería y el secularismo que logró la renuncia de Oroño. Al año siguiente, con Mariano Cabal en la Gobernación de Santa Fe, se derogó la ley. Este antecedente puede darnos una idea del grado de conflictividad que despertaba la modificación de las normativas que regían el matrimonio.

@ En la ciudad

Como dijimos, en Villa María también se produjeron manifestaciones del conflicto generado por la vigencia de la por entonces Ley de Matrimonio Civil, sancionada por el Congreso de la Nación en 1888. El sector católico sentía que la norma lesionaba sus derechos, entonces llamaba a desconocer el poder del Estado para fijar la nueva reglamentación en relación al matrimonio. Desde esa parcialidad religiosa se fueron ideando maneras de escapar a lo establecido por la nueva norma que profundizaba las diferencias que habían tenido otro momento de gran manifestación cuando se sancionó, en 1884, la ley que generó el Registro Civil de la Capital de la República y Territorios Nacionales.
Regresando a la Ley de Matrimonio Civil de 1888, debemos decir que la misma estableció que los religiosos que oficiaran un casamiento debían asegurarse que el mismo ya estuviera asentado en el Registro Civil. Ante la resistencia que despertaba la norma se establecieron severas sanciones para aquellos que obraran en contrario a lo establecido y se casaran sin tener a la vista el acta del trámite civil.
Ante la eminente vigencia de la ley algunos enamorados de la ciudad se apresuraron a concretar sus uniones para que las bodas se concretaran antes de que fuera obligación la nueva reglamentación y se vieran obligados a pasar primero por las oficinas del Registro del Estado Civil. Otros ciudadanos que se casaron cuando la ley ya estaba en plena vigencia se rehusaron a acatarla e intentaron casarse sólo según los trámites y rituales establecidos por la legislación canónica que tenía larga tradición en el país.

@ Matrimonio conflictivo

La historia de Villa María registra los sucesos que tuvieron origen cuando cierta pareja, dejando de lado lo establecido por la Ley de Matrimonio Civil, concretó su matrimonio únicamente en la Iglesia. El presbítero Salguero autorizó que se contradijera la letra de la ley que prohibía que los ministros de cualquier religión pudieran concretar un matrimonio religioso, sin tener ante su vista el correspondiente certificado de la oficina del Registro del Estado Civil en el que constara que los contrayentes hubieran cumplido con trámite obligatorio en esa dependencia estatal.
Juan Vázquez, entonces juez de Paz, se enteró del caso y buscó que se sancionara el incumplimiento de la ley. La reacción del juez fue elaborar un sumario contra el párroco Salguero y dispuso que el religioso fuera procesado, detenido y puesto a disposición de los Tribunales en lo Criminal de la ciudad de Córdoba dejando la parroquia de Villa María sin su director espiritual. Ante esa situación el presbítero Pedro Taulaigó, cura de Villa Nueva, asumió de manera interina el remplazo de Salguero.
El avance del proceso legal llevó a que varios meses después llegara la absolución del religioso que no volvió a ejercer en la ciudad.
La sociedad continúa su devenir, en varias oportunidades volvieron a presentarse conflictos alrededor del matrimonio a los cuales le sucedieron nuevos equilibrios que siempre son productos de un momento histórico determinado.

Otras notas de la seccion Suplementos especiales
  • “Es necesario que los trabajadores sean blanqueados”
  • Grupo colombiano toma el control de Libertad
  • Fuerte contrapunto entre la UIA y la CAME por los datos
  • Córdoba recibió 297,3 millones más que el año pasado
  • Nueva forma para buscar "laburo"


  • Humor
    Noticias » Locales » Regionales » Policiales y Judiciales » Deportes » Culturales » Especiales » Opiniones
    Suplementos » Tiempo de Salud » Arquitectura » Horas Libres » Rural » Cultura » Viajes »
    Archivo formato anterior » 2001 » 2002 » 2003 » 2004 » 2005 » 2006 » 2007 » 2008
    Servicios » Fúnebres » Clima »
    REPORTÁ UNA NOTICIA

    Si tenés una noticia comunicate
    E-mail: lector.escribe@eldiariocba.com.ar
    Teléfono: 0353-4523976 (Redacción)
    PUBLICIDAD

    E-mail: publicidad@eldiariocba.com.ar
    Teléfono: 0353-4523976 (Publicidad)
    Celular: 0353-154199702
    NUESTROS DATOS

    El Diario del Centro del País es editado por la Cooperativa Comunicar en Periodistas Argentinos 466/474, ciudad de Villa María, República Argentina
    Teléfonos: 0353-4523976 y 0353-4613126
    E-mail: eldiario@eldiariocba.com.ar

    Copyright 2008-2024 Cooperativa Comunicar.   WfxGroup - Administracion de publicidad para sitios de alto trafico - Villa Maria - Cordoba WfxGroup - Diseño y programacion Web - Villa Maria - Cordoba