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22 de Octubre de 2010
El abogado de la familia de D.A.M. le responde a Javier Arenas
“Falta de mérito no implica inocencia de culpa y cargo”
Marcelo Martín Silvano salió al cruce de la carta que el periodista difundió a través de EL DIARIO. Hizo referencia a la última pericia que se le practicó a la víctima y opinó que antes de fin de año el fiscal Daniel Del Vö resolverá la cuestión
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“El chico sufrió un acto traumático de carácter sexual y no pudo comprenderlo porque su madurez mental corresponde a la de un chico de 9 años”, explicó Martín Silvano en EL DIARIO

El abogado Marcelo Martín Silvano respondió ayer a los conceptos vertidos por el periodista Javier Alberto Arenas a través de su derecho a réplica, y aclaró que la causa que se le sigue por “abuso sexual agravado” no está cerrada y que “la falta de mérito no implica que se lo haya declarado inocente de culpa y cargo”.
“En mi carácter de abogado del chico abusado (D.A.M.) y de su mamá (Miriam), y como representante de la Querella, quiero aclarar a la opinión pública que si bien es cierto que la Cámara de Río Tercero dictó la falta de mérito del señor Arenas, eso no implica que se lo haya declarado inocente de culpa y cargo”, dijo al conversar con un periodista al visitar la Redacción de EL DIARIO.
El letrado precisó que, “en rigor de verdad, el tribunal que intervino en la apelación presentada por la Defensa de Arenas ordenó una serie de medidas que se debían llevar a cabo antes de elevar la causa a juicio. Esas medidas fueron realizadas en diciembre de 2007, cuando se le hizo una pericial psicológica a la víctima, a los efectos de determinar si había prestado, o no, consentimiento para el acto sexual que vivenció”.

“Es como un chico de 9 años”

Martín Silvano sostuvo que “esa pericia determinó que el chico sufrió un acto traumático de carácter sexual y que no pudo comprenderlo, puesto que su madurez mental corresponde a la de un chico de 9 años de edad. La conclusión final fue que no puede dar consentimiento válido en virtud de que no posee comprensión del acto en sí”.
Recordó que los jueces riotercerenses Jorge Villada, César Barberis y José Luis Clemente “hicieron lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la Defensa de Arenas, declarando la falta de mérito suficiente como para elevar la causa a juicio en el estado en que se encontraba entonces. Y en el mismo fallo, el tribunal rechazó el pedido de sobreseimiento o cambio de calificación legal del hecho” que habían solicitado los doctores Luis y Lisandro Caronni en su apelación.
“Cuando la Cámara dictó la falta de mérito, el 12 de octubre de 2006, ordenó que se hiciera una nueva pericia, la que se llevó a cabo al año siguiente”, explicó Martín Silvano, y agregó: “Esa pericia fue clara y contundente en cuanto a que la víctima no tuvo capacidad de decisión para consentir el acto sexual.”
Refirió además que dicha pericia “fue llevada a cabo por un perito psicólogo forense y con perito psicólogo de control, quienes determinaron que el chico abusado no dispuso de las facultades mentales requeridas para dar un consentimiento válido para consentir un acto sexual”.
El abogado sostuvo que “luego de todos los test y estudios realizados a la víctima, surgió con total claridad que es un chico que presenta un estado mental que lo torna inseguro, dependiente, subordinable al control de terceros, necesitando alcanzar la aprobación de figura de autoridad familiar para sentirse contenido afectivamente, con lo cual se encuentra muy vulnerable ante los vínculos extrafamiliares”.
“Queda claro entonces que al tener una edad mental aproximada a los 9 años, nunca pudo dar un consentimiento válido para el acto sexual al cual fue sometido por el imputado”, enfatizó Martín Silvano.

Interrogantes

- ¿Y ahora cómo continúa este proceso?
- Lo que debe ocurrir ahora es que el fiscal resuelva la situación, y es lo que estamos esperando. A mi modo de ver, el doctor (Daniel) Del Vö ha realizado todas las pruebas y lo que falta es que decida sobre esta causa. Nosotros creemos que está absolutamente acreditado que el hecho efectivamente existió, por lo menos con el grado de probabilidad que se exige en esta etapa del proceso. El fiscal debe resolver, ya sea acusando, es decir dictando nuevamente el requerimiento de citación a juicio, o bien sobreseyendo. Y de acuerdo a lo que resuelva, tanto la Querella como la Defensa pueden oponerse a la medida, según sea el caso.
- ¿Puede decirse que la causa está paralizada?
- Yo entiendo que no es así. La Fiscalía tiene muchísimos casos por resolver y todos ameritan la atención del señor fiscal. A mi criterio, esta causa merece un análisis muy particular por el tipo de delito que se ha cometido. Además de ser un delito de los denominados... llamémosle “feos” (para no decir otra cosa, porque es un delito contra la integridad sexual), es una cuestión atípica porque no se trata de una violación o un abuso sexual común que le puede producir un hombre a una mujer. Aquí estamos hablando de que el abusador es un hombre y el abusado también es alguien del mismo género, sólo que no se trató de un hombre que pudiese comprender el acto, porque su edad mental era la de un niño de 9 años. Haga de cuenta que se han aprovechado de un chico de 9 años y no de 17, como lo indicaba la edad cronológica de la víctima al momento del hecho, a fines de julio de 2005.
- Entonces, ¿a qué se debe tanta demora?
- Seguramente por todo lo expresado es que el señor fiscal se ha tomado el tiempo necesario -que yo estimo ha sido un tiempo correcto- para poder definir esta causa. De todos modos, creo que en el transcurso de los próximos días se va a resolver la cuestión. Es más, esta Querella presentó un escrito el 21 de setiembre y el doctor Del Vö se comprometió a resolver en un lapso prudencial, que normalmente demanda entre 30 y 60 días.
- ¿Antes de fin de año puede haber novedades?
- Entiendo que sí. El doctor Del Vö va a resolver esta situación, para un lado o para el otro, y seguramente luego se irá en oposición y finalmente en apelación, ya sea de la Querella como de la Defensa, de acuerdo a lo que determine el fiscal. Igualmente creo que se ha hecho una muy buena investigación, y la última pericia ha sido muy clara y contundente.

“No es una cuestión de dinero”

- En su derecho a réplica, Arenas hizo referencia a que la familia del chico le habría exigido un terreno como para arreglar la cuestión extrajudicialmente. ¿Qué sabe usted de eso?
- Mire, es muy simple: cuando yo acepté patrocinar a esta familia, lo hice por una cuestión de principios y no por razones de dinero... sencillamente porque se trata de una familia muy humilde y de escasos recursos económicos. Desde que soy el querellante particular (hace aproximadamente un año), en ningún momento se habló de plata o de cualquier otra cosa de valor con la parte querellada. Eso es tan así, que si la intención de la familia a la que represento fuera sacarle dinero a Arenas, nos habríamos constituido en la causa como actores civiles. Sin embargo, en ningún momento hemos pedido absolutamente nada: no le embargamos nada a Arenas ni hemos entablado acción civil en su contra. Entiendo que se trata de una estrategia del señor Arenas para, como se dice popularmente, “embarrar la cancha”. Desde que yo estoy en la causa, jamás nos interesó un resarcimiento económico, el cual tenemos derecho a reclamar, pero que no nos interesa reclamar.

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