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14 de Diciembre de 2010
Asalto a la joyería - Se impusieron las penas que estaban previstas
Se rechazó la acción civil y los Caruso deben pagar
La Justicia no hizo lugar a un pedido de resarcimiento económico formulado por la Querella en contra de los encubridores del robo y cargó un 60% de las costas del proceso a los propietarios de la firma comercial. Las condenas penales estaban cantadas
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F1: De izquierda a derecha, Centeno, Paz, Medhi y Lesipan. Los dos primeros fueron condenados a dos años en suspenso y los autores del asalto recibieron penas de ocho años y cuatro meses. F2: Los abogados Pizzicardi Bordoy, Silvina Muñoz y Silvano

Al concluir ayer el juicio por el cuantioso robo a la joyería y relojería Caruso, perpetrado el 4 de marzo de 2009, el camarista René Gandarillas rechazó la acción civil entablada por los querellantes particulares y luego impuso las condenas que se habían pedido el lunes de la semana pasada, cuando comenzó el proceso.
De este modo, Walter Roberto Lesipan y Carlos Alberto Medhi recibieron sendas condenas de cumplimiento efectivo, luego de ser declarados coautores responsables de los delitos de “robo calificado por uso de arma de fuego”, “privación ilegítima de la libertad” y “violación de domicilio”.
En tanto, el juez aplicó una pena de dos años de cárcel de ejecución condicional (es decir, en suspenso) para Atilio Raúl Centeno y su esposa Graciela del Valle Paz, quienes estaban imputados como presuntos coautores de “encubrimiento calificado”, por lo que mantuvieron el estado de libertad con el que llegaron a juicio.

@ Estaba previsto

En rigor de verdad, las sanciones finalmente impuestas habían sido acordadas una semana antes por el fiscal de Cámara, Francisco Márquez, y los defensores de los cuatro acusados, Federico Pizzicardi Bordoy (representante legal de Lesipan), Marcelo Martín Silvano (Centeno y Paz) y Silvina Muñoz (Medhi).
Sin embargo, todavía estaba pendiente un planteo formulado por la abogada de la Querella, Jacqueline Caruso, quien como actora civil, en representación de sus padres, Alfredo Aníbal Caruso y Margarita Raquel Mercadal; su abuela, Ercilia Antonia Mir, y de la firma comercial “Aníbal Caruso e Hijos SRL”, había reclamado al matrimonio Centeno-Paz un resarcimiento económico de 16.192 pesos, con más intereses y costas por daños y perjuicios.
A su turno, el defensor de los confesos encubridores, Martín Silvano, rechazó el planteo en su totalidad, lo que derivó en el prolongado cuatro intermedio dispuesto por Gandarillas para resolver esa cuestión procesal.

@ Acuerdo civil

Cabe señalar que la propia abogada querellante indicó entonces que ya había habido un acuerdo civil entre los autores del asalto, Lesipan y Medhi, con la familia damnificada, pero restaba uno de similares características con el matrimonio defendido por Martín Silvano.
Con respecto a aquel acuerdo, hay 110 mil pesos depositados en un banco oficial a la orden del tribunal, monto que la Policía les había secuestrado a los asaltantes al momento de detenerlos.
En el mismo procedimiento, los investigadores del cuantioso atraco recuperaron aproximadamente el 70% del oro robado en la joyería ubicada en San Martín 57, es decir en pleno centro villamariense. Dicho botín ya fue restituido a sus legítimos propietarios.

@ Rechazo legal

En la víspera, al reanudarse el debate para la lectura del veredicto, el juez rechazó totalmente la acción civil entablada por los Caruso y luego aplicó a los cuatro imputados las condenas acordadas una semana antes por las partes.
En otro punto de la sentencia, y al regular los honorarios del abogado Martín Silvano, el magistrado fijó el mínimo previsto por la ley, es decir 136 mil pesos, y cargó las costas del proceso en un 60% al actor civil (los Caruso) y el 40% restante a sus clientes (Centeno y Paz), en este caso por la defensa civil.
Esto quiere decir que los querellantes deberán pagar 82 mil pesos y la pareja patrocinada tendrá que abonar los 54 mil restantes.

@ No está firme

De todos modos, el fallo no está firme. El juez Gandarillas informó que los fundamentos se darán a conocer el próximo 28 de diciembre y, a partir de allí, las partes dispondrán de 15 días corridos para casar la sentencia.
Pero como se aproxima la Feria Judicial de verano, que abarcará todo el mes de enero, el plazo para recurrir en casación vencerá recién el 12 de febrero del año próximo.
Finalmente, cabe señalar que Lesipan y Medhi son oriundos de Trelew (Chubut) y General Roca (Río Negro), respectivamente, mientras que la pareja Centeno-Paz está domiciliada en barrio San Nicolás de Villa María.

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