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22 de Febrero de 2011
Insisten que debe responder por el delito de "abuso sexual agravado"
Nuevo revés judicial para el comunicador Javier Arenas
Una vez más, la Justicia local rechazó los planteos formulados por la Defensa y dispuso elevar la causa a la Cámara del Crimen para que sea ventilada en audiencia oral antes que finalice el año. Todavía le queda la instancia de la apelación
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Javier Arenas (a la izquierda) y su presunta víctima. La situación procesal del comunicador es cada vez más complicada y todo parece indicar que será juzgado antes que finalice el año

La jueza de Control de los Tribunales de Villa María, Edith Lezama de Pereyra, rechazó en todos sus términos la oposición presentada por los defensores del comunicador social Javier Alberto Arenas (39) y confirmó la elevación a juicio de la causa que se le sigue por un hecho de “abuso sexual agravado” denunciado por la madre de un joven con capacidades diferentes.
Este nuevo revés judicial dejó a Arenas a un paso de tener que responder en audiencia oral por el grave delito que se le atribuye, y que se llevará a cabo antes de que concluya 2011 si es que la medida procesal queda firme.
En rigor de verdad, los abogados del periodista radial, Luis y Lisandro Caronni, disponen de una última instancia para evitar el juicio, a través de una apelación ante la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero, en su doble función de Cámara de Apelaciones.
Si los co-defensores de Arenas no apelan la resolución de la jueza Lezama, el fallo quedará firme y la causa será ventilada en juicio oral en los próximos meses; en cambio, si interponen dicho recurso (algo que posiblemente ocurra en las próximas horas), entonces será la Cámara riotercerense la que deberá dirimir la cuestión.
Los integrantes del cuerpo judicial pueden confirmar la elevación a juicio, rechazarla parcialmente -como ocurrió en 2006- ó dictar el sobreseimiento del acusado, en cuyo caso quedará definitivamente desprocesado.
Arenas está imputado como presunto autor de “abuso sexual agravado”, un delito que es reprimido con prisión de cuatro a 10 años, y por ende no es excarcelable, pese a lo cual el sospechoso se encuentra en libertad.

La resolución

Según pudo averiguar EL DIARIO, la resolución de la jueza Lezama consta de tres puntos que señalan textualmente lo siguiente: “1º) Rechazar por improcedente la excepción de falta de acción interpuesta por los doctores Luis Caronni y Lisandro Caronni (...); 2º) Rechazar la nulidad impetrada por los mismos letrados en contra de la requisitoria de elevación a juicio formulada por el fiscal de Instrucción del Tercer Turno (Daniel Del Vö); 3º) Rechazar la oposición interpuesta por los doctores Luis Caronni y Lisandro Caronni en contra de la requisitoria de elevación a juicio formulada por el fiscal de Instrucción del tercer Turno y, en consecuencia, elevar la presente causa a la Cámara del Crimen de la sede, en donde el imputado Javier Alberto Arenas (...) deberá responder como presunto autor responsable del delito de ‘abuso sexual agravado’, en los términos del artículo 119, segundo párrafo, en función del primer párrafo del Código Penal (...).”

Antecedentes

Cabe recordar que el 6 de junio de 2006 se produjo la primera elevación a juicio del denominado “caso Arenas”, pero los abogados del comunicador se opusieron a la medida tanto en primera como en segunda instancias.
El 12 de octubre de ese mismo año, los magistrados César Hugo Barberis, José Luis Clemente y Jorge Luis Villada (por entonces, vocales de la Cámara de Río Tercero) hicieron lugar parcialmente a una apelación interpuesta por ambos letrados y dictaron -a priori- la “falta de mérito” de Arenas.
En aquella resolución, los tres jueces resolvieron entonces que no había elementos de prueba contundentes como para elevar la causa a juicio en el estado en que se encontraba, pero rechazaron de plano el pedido de sobreseimiento o cambio de calificación legal del hecho que habían solicitado los Caronni.

Nueva pericia

En ese mismo fallo, la Cámara ordenó que se hiciera una nueva pericia al adolescente presuntamente abusado, medida que se llevó a cabo a fines de 2007. “Esa pericia fue clara y contundente en cuanto a que la víctima no tuvo capacidad de decisión para consentir el acto sexual”, dijo hace algunos meses el abogado Marcelo Martín Silvano, quien representa a la familia del menor, que se constituyó en la causa como querellante particular.
Martín Silvano refirió además que dicha pericia “fue llevada a cabo por un perito psicólogo forense y con perito psicólogo de control, quienes determinaron que el chico abusado no dispuso de las facultades mentales requeridas para dar un consentimiento válido para consentir un acto sexual”.
El letrado añadió entonces que “esa pericia determinó que el adolescente sufrió un episodio traumático de carácter sexual y que no pudo comprender el acto puesto que su madurez mental corresponde a la de un chico de 9 años de edad. La conclusión final fue que no puede dar consentimiento válido en virtud de que no posee comprensión del acto en sí”.
“Haga de cuenta que se han aprovechado de un chico de 9 años y no de 17, como lo indicaba la edad cronológica de la víctima al momento del hecho”, enfatizó Martín Silvano en aquella entrevista.

Todo empezó...

El hecho que se le atribuye a Arenas fue denunciado a media tarde del 28 de julio de 2005 por la mamá del adolescente, a raíz de un hecho registrado momentos antes en el domicilio del acusado, quien había citado al menor para hacerle una entrevista por tratarse de un joven árbitro de baby fútbol.
Según la grave acusación que pesa en su contra, Arenas se habría aprovechado de las circunstancias para abusar sexualmente del chico, quien por tratarse de una persona con capacidades diferentes no habría podido evitar la acción.
Pese a la rapidez con que se formuló la denuncia, la causa judicial propiamente dicha recién se inició el 2 de agosto, es decir cinco días después que la presunta víctima y su progenitora expusieran lo sucedido en sede policial., cuando el fiscal Gustavo Atienza allanó la vivienda del sospechoso y ordenó su detención.
Arenas estuvo algunos días alojado en la Comisaría de Distrito y luego fue trasladado a la cárcel, pero pese a tratarse de un delito que no es excarcelable, fue liberado a mediados de agosto de aquel mismo año.



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