Edicion: 2015-07-01
Hoy en Tapa de Papel | Ediciones Anteriores
NOTICIAS SUPLEMENTOS SERVICIOS CONTACTO QUIENES SOMOS
Portada  »  Policiales/Judiciales  »  Ordenaron a Apross cubrir el 100% de un tratamiento
16 de Marzo de 2011
Lo dispuso el juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Villa María
Ordenaron a Apross cubrir el 100% de un tratamiento
La paciente es una beba de un año y ocho meses de La Laguna que padece parálisis cerebral. El magistrado hizo lugar a un amparo presentado por la familia de la nena
Compartir Compartir Imprimir
La orden fue dictada ayer en los Tribunales locales

La Justicia de esta ciudad ordenó ayer a la Administración Provincial del Seguro de Salud (Apross), obra social de los empleados públicos de la provincia, que cubra el 100% de los gastos de rehabilitación que necesita una niña de un año y ocho meses que tiene parálisis cerebral, informaron fuentes judiciales.
Fernando Flores, juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Villa María hizo así lugar a la acción de amparo promovida por los padres de la chica.
Carlos Nayi, abogado de la familia, manifestó a la prensa que "la beba está virtualmente inmovilizada, dado que tiene una epilepsia parcial sintomática refractaria secundaria y una encefalitis por herpes, asociada a una parálisis cerebral tipo hemiplejia espástica".
La familia de la nena, que vive en la localidad de La Laguna, promovió la acción de amparo luego que "la Apross se negó a brindar la cobertura exigida" por ellos, según Nayi.

Por riesgo inminente

El juez Flores ordenó a la obra social, en razón del "riesgo inminente de gravísimos daños y consecuencias irreparables para la salud de la menor, que arbitre los medios necesarios para brindar una cobertura del 100% de los gastos que demande el tratamiento de rehabilitación", según el abogado.
De esta manera, la Apross deberá cubrir -entre otros- los gastos que insuman los controles neurológicos periódicos, medicamentos específicos, sesiones de kinesiología y de fonoaudiología, órtesis y férulas de acuerdo con las indicaciones del médico fisiatra.
Dado que estaba en peligro la salud de la menor, el juez dispuso la cobertura total, pese a que el artículo 13 de la Ley 9.277, que rige el funcionamiento de la obra social, establece limitaciones.
Esa norma sostiene que las prestaciones, servicios e insumos autorizados "serán brindados en la medida de las posibilidades técnico-financieras de la entidad y de conformidad con las reglamentaciones y resoluciones que dicten el Poder Ejecutivo y el Directorio de la Apross".

Otras notas de la seccion Policiales/Judiciales
  • Tres personas heridas de gravedad
  • Robo en un comercio
  • Operaron a Maximiliano y continúa en terapia
  • Incautan arma de fuego y recuperan herramientas
  • Dos nuevos testigos en un proceso por abuso sexual


  • Humor
    Noticias » Locales » Regionales » Policiales y Judiciales » Deportes » Culturales » Especiales » Opiniones
    Suplementos » Tiempo de Salud » Arquitectura » Horas Libres » Rural » Cultura » Viajes »
    Archivo formato anterior » 2001 » 2002 » 2003 » 2004 » 2005 » 2006 » 2007 » 2008
    Servicios » Fúnebres » Clima »
    REPORTÁ UNA NOTICIA

    Si tenés una noticia comunicate
    E-mail: lector.escribe@eldiariocba.com.ar
    Teléfono: 0353-4523976 (Redacción)
    PUBLICIDAD

    E-mail: publicidad@eldiariocba.com.ar
    Teléfono: 0353-4523976 (Publicidad)
    Celular: 0353-154199702
    NUESTROS DATOS

    El Diario del Centro del País es editado por la Cooperativa Comunicar en Periodistas Argentinos 466/474, ciudad de Villa María, República Argentina
    Teléfonos: 0353-4523976 y 0353-4613126
    E-mail: eldiario@eldiariocba.com.ar

    Copyright 2008-2024 Cooperativa Comunicar.   WfxGroup - Administracion de publicidad para sitios de alto trafico - Villa Maria - Cordoba WfxGroup - Diseño y programacion Web - Villa Maria - Cordoba