En lo que se erige como su primera objeción a una ordenanza, durante lo que va de sus trayectorias como tribunos, José Naselli y Gustavo Maristany (foto) le apuntaron a una norma que aseguran, deja con las "manos libres" al intendente Eduardo Accastello para contratar con el Ente Intermunicipal de Desarrollo Regional (Eninder) u otras reparticiones estatales sin solicitar la previa aprobación del Tribunal de Cuentas (TC).
La legislación, cuestionada por "carecer de fundamentos", fue aprobada por mayoría en el Concejo Deliberante el 22 de diciembre de 2010.
Previo al sí generalizado de los ediles locales y con el año legislativo casi al cierre, desde la Intendencia giraron al Concejo un proyecto que propiciaba la modificación de dos artículos de la Ordenanza de Compras 3.925 y otro de la disposición que lleva el número 5.884.
Para apuntalar la iniciativa, Accastello indicó que “en virtud de distintas discrepancias administrativas que han surgido con el Tribunal de Cuentas sobre la aplicación de distintos artículos de la Ordenanza de Compras y la que regula los montos de contratación y a los fines de evitar desgaste administrativos, es que decidimos remitir el proyecto”.
“Por el mismo -insistió el mandatario en su nota al Legislativo- se deja aclarado en primer término que el Estado municipal puede contratar directamente con cualquier otro ámbito de la Administración Pública nacional o provincial, inclusive con cualquier tipo de sociedades en donde el Estado sea parte, superando con ello, la interpretación de si las sociedades del Estado, quedan comprendidas dentro de la palabra repartición, como actualmente reza el artículo cuya modificación se requiere”.
@ Zona liberada
“Con la excusa de aclarar que el vocablo repartición se extiende a todas las sociedades donde el Estado sea parte, se introduce un artículo que libera al intendente de contratar sin fundamentar, ante el TC, las razones de cualquier tipo de excepción que existiesen”, enfatizaron los funcionarios.
“Desde el momento de aprobación, el Ejecutivo se consideró en libertad para operar con el Eninder. Y así lo hace contratando directamente obras de pavimentación, cordón cuneta y obras complementarias para varios barrios de la ciudad", opinaron los denunciantes.
Estudiando el hecho, los tribunos atacaron la ordenanza que por su carencia de argumentación sólida, consideran como “anticonstitucional”.
“En realidad la norma se sancionó para blanquear los contratos ilegales con el Eninder y sacarse de encima la molestia que significaba la cantinela de estos tribunos. En el fondo, debe interpretarse como que siempre tuvimos razón y se buscó la vuelta para quitarnos los argumentos, sin reconocer que eran válidos”, concluyeron.
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