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Heredia, el calvo ex convicto acusado de asaltar una joyería |
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El camarista René Gandarillas escuchará hoy los alegatos de la Fiscalía y la Defensa, y luego dictará la sentencia correspondiente, en el juicio que se le sigue a un villamariense que está acusado de haber participado en un asalto a mano armada a una joyería de la ciudad de Oliva.
Se trata de la causa que involucra a Pedro Lucio Heredia, alias “El Llanero”, de 50 años de edad, en el robo perpetrado a la Joyería Wal-Sam a mediados de octubre de 2009.
Ayer, en la segunda audiencia de debate, comparecieron los últimos tres testigos y luego se dispuso un cuarto intermedio hasta hoy a las 9, oportunidad en la que formularán sus conclusiones el fiscal de la Cámara del Crimen local, Francisco Javier Márquez, y los codefensores de Heredia, Eduardo Luis Rodríguez y Héctor Mauricio Burique.
De no producirse ningún contratiempo, se estima que el veredicto se dará a conocer cerca del mediodía.
@ Ultimos testigos
En la víspera declararon el oficial Mayor Walter Hinny, perteneciente al Servicio Penitenciario de Córdoba (cumple funciones en la Cárcel de Villa María), como así también Javier Aparicio y Marta Guardia, quienes trabajan en la Pastoral Penitenciaria.
Los tres testigos fueron interrogados principalmente sobre al aspecto fisonómico de Heredia (es totalmente calvo), ya que lo conocen con anterioridad a 2005, año en el que recuperó la libertad tras purgar una condena en el penal de barrio Belgrano.
Ocurre que el fiscal y los defensores pugnan por conocer detalladamente las características físicas del acusado, circunstancia que puede confirmar o desacreditar uno de los reconocimientos efectuados por los testigos.
@ El marco legal
Cabe señalar que “El Llanero” está imputado como presunto coautor del delito de “robo calificado” por uso de arma de fuego cuya operatividad no ha sido acreditada, a tenor de lo establecido en el Artículo 166, inciso segundo, última parte, del Código Penal de la Nación”.
Dicha norma legal precisa que “si el robo se cometiere con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudiera tenerse de ningún modo por acreditada, o con un arma de utilería, la pena será de tres a 10 años de reclusión o prisión”.
Si Heredia es condenado, se le impondrá una sanción superior al mínimo antes descripto, ya que se trata de un convicto reincidente y por ende no tendrá acceso al beneficio de la “libertad condicional”, instituto legal que posibilita la excarcelación al momento de cumplir los dos tercios de la pena impuesta.
En cambio, si finalmente es absuelto, Heredia recuperará inmediatamente la libertad en razón de que ya purgó en su totalidad la condena anterior, y por lo tanto no es penalmente computable.
@ Un “trabajito” de tres horas
El lunes 21 de octubre de 2009, alrededor de las 9.30, en momentos que Analía Clemente se disponía a abrir su joyería, se encontró con un hombre joven y una mujer en la puerta del comercio.
Una vez abierto el local, el sujeto, de unos 30 años de edad y vestido con traje, le pidió a Clemente que revisara un reloj y, cuando la joyera se disponía a hacerlo, sacó un arma de su cintura y condujo tanto a la propietaria como a la clienta hasta el pequeño baño del local, donde las dejó encerradas.
Inmediatamente después comenzaron a llegar nuevos clientes, quienes uno a uno corrieron la misma suerte que las mujeres, ya que fueron reducidos y despojados de sus pertenencias.
En esas circunstancias ingresó a la joyería un segundo asaltante (supuestamente Heredia), quien desvalijó la caja fuerte y se apoderó de otras valiosas mercaderías que había en el lugar, hasta que ambos delincuentes se dieron a la fuga alrededor de las 12.30.
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