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1 de Junio de 2011
Tras permanecer detenidos por espacio de 343 días
Absolución y libertad
Sin pruebas contundentes que los incriminaran, el propio fiscal pidió la absolución de Darío Carrión y Sergio Martínez, a quienes se les atribuía haber asaltado la semillería “El Fortín” de Villa Nueva. El juez Gandarillas ordenó la libertad de ambos
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Martínez (izquierda) y Carrión, poco antes que comenzara la audiencia. Por entonces, la angustia de recibir una condena se evidenciaba en sus rostros. Cuando escucharon que el juez ordenaba su libertad, el alma les volvió al cuerpo. Atrás habían qued

Casi un año después de haber sido detenidos por un asalto perpetrado a principios de 2010, la Justicia de Villa María determinó que las pruebas reunidas en contra de Darío Félix Carrión y Sergio Gabriel Martínez no eran suficientes como para condenarlos y, tras dictar la absolución de ambos, ordenó su inmediata libertad.
El fallo absolutorio sobrevino en la segunda audiencia de debate del juicio que se les siguió durante dos jornadas en la Cámara del Crimen local y que puso punto final a un largo encierro para ambos jóvenes de 20 años de edad, quienes pasaron 343 días entre rejas por un robo que, ante la evidente ausencia de pruebas, no cometieron.
En efecto, Carrión y Martínez se hallaban detenidos desde el pasado 22 de junio, tras ser arrestados en sus domicilios de los barrios Parque Formador (detrás del Bello Horizonte, en Villa María) y La Floresta (en Villa Nueva), respectivamente, por orden del fiscal que instruyó la causa por el asalto a la firma “El Fortín Semillas”, Daniel Del Vö.

Largo proceso

Desde entonces, ambos jóvenes afrontaron un proceso judicial que los mantuvo casi un año privados de la libertad, hasta que en la víspera, el propio fiscal de Cámara subrogante, Horacio Vázquez, solicitó la absolución de los dos por entender que no había pruebas concluyentes como para endilgarles la coautoría del asalto a la semillería, perpetrado el 18 de febrero del año pasado.
El acusador público invocó el principio jurídico del “in dubio pro reo”, voz latina que significa que, en caso de duda (por ejemplo, por insuficiencia probatoria), se deberá favorecer al imputado.
Dicho principio es uno de los pilares del Derecho Penal moderno, donde el fiscal debe probar la culpabilidad del acusado y no este último su inocencia. Podría traducirse como “ante la duda se debe beneficiar al reo”.

Cae la acusación

Y como la posición del Ministerio Público es vinculante (es decir que obliga), automáticamente se cayó la acusación, por lo que los defensores de ambos acusados, Lorenzo Gilli y Gustavo Murugarren, no tuvieron más que adherir al pedido absolutorio.
Por ende, la sentencia no fue más que el resultado del pedido del fiscal Vázquez, a lo que el juez René Gandarillas le agregó que se ordenara la inmediata libertad de Carrión y Martínez, quienes así dejaban atrás nada menos que 11 meses y nueve días de angustiante encierro.

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