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Mario Garzón, juez Federal de Villa María |
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La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó la queja que había presentado Cablevisión contra la resolución del Juzgado Federal de Villa María que, el 8 de junio último, fijó en 109 pesos el valor del servicio de televisión por cable a usuarios de esta ciudad.
De acuerdo con el planteo realizado por Ricardo Borsato (auditor General) y Carlos De Falco (concejal) en su carácter de ciudadanos comunes, la prestadora de televisión por cable debía cumplir con lo dispuesto por la Secretaría de Comercio de la Nación, que estableció en ese monto el abono mensual del servicio básico de cable.
Cabe mencionar que Cablevisión debía cobrar 109 pesos de enero hasta abril de este año y luego prorrogar esa disposición hasta junio, lo que no fue acatado por la empresa al enviar a sus 18 mil abonados villamarienses las boletas por 143 pesos.
"Los recursos de apelación contra resoluciones que disponen medidas cautelares deben concederse con efecto suspensivo, en el caso que nos ocupa, una decisión en tal sentido puede conducir a resultados reñidos con la justicia al contrariar la esencia y finalidad de la cautelar otorgada; circunstancia que se torna particularmente grave cuando, como en el caso, se trata de una acción de amparo que involucra la protección de derechos de más alto rango", argumentó el tribunal para sostener que se concedió el recurso de apelación con efecto devolutivo.
En consecuencia, la empresa no sólo debe comenzar a facturar los 109 pesos que le ordenó la Justicia, sino que debe devolver a sus abonados lo que cobró por encima de ese monto. Esto rige sólo para los abonados de Villa María.
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