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31 de Octubre de 2008
Suspendieron un juicio porque la pareja del acusado “se arrepintió”
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En las últimas horas, dos versiones periodísticas dieron cuenta de un insólito caso judicial registrado en los Tribunales de Villa María, al indicarse que una mujer solicitó que no juzgaran al sujeto que la había violado porque se había enamorado de él.
Así relatado el hecho, diferentes medios de alcance nacional (entre ellos el diario Clarín, que se comunicó con la Redacción de EL DIARIO) se hicieron eco de lo que, a priori, aparecía como una noticia realmente sorprendente.

@ Eran concubinos

Sin embargo, el episodio que tuvo como protagonistas a Silvia Mabel Peralta, de 41 años, y a su joven concubino Luis Miguel Haedo, de 21, no sucedió de tal manera.
En rigor de verdad, Silvia y Luis, pese a la diferencia de edad, eran pareja al momento se suscitarse el violento episodio que se procura esclarecer y que se produjo en junio de 2007 en la ciudad de Oliva, de donde ambos son oriundos.
La pareja en cuestión vivía bajo un mismo techo (la casa de Peralta, sita en Río Negro 892 de aquella población) desde hacía bastante tiempo. Por cuestiones de convivencia, discutieron acaloradamente y luego entraron en lucha.
Haedo golpeó varias veces a su concubina, por lo que intervino un hijo (menor de edad) de la mujer, luego de lo cual la pareja se retiró del domicilio rumbo a un descampado cercano. Allí mantuvieron relaciones sexuales, que a la postre fueron denunciadas por Peralta como un hecho de violación.
El miércoles pasado, poco antes de iniciarse el juicio, la presunta víctima del ataque sexual se arrepintió de lo que había declarado en la Justicia e informó a las autoridades que, en realidad, aquel encuentro carnal había sido consentido por ella.

@ Juicio abreviado

Si la Cámara del Crimen hace lugar al pedido de Peralta, algo que deberá definir en pocos días y que casi seguramente ocurrirá, Haedo será juzgado en un proceso abreviado por los otros delitos que se le atribuyen, producto de la violenta pelea de pareja: “privación ilegítima de la libertad”, “coacción”, “amenazas” y “lesiones leves”.
Así, quedará sin efecto la más grave de las acusaciones, el “abuso sexual con acceso carnal”, que tiene una pena mínima de seis años de prisión, con lo cual Haedo podrá recuperar la libertad tras 10 meses de prisión.

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