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13 de Septiembre de 2011
CORRAL DE BUSTO - Juicio por la “Pueblada”
Cárcel para “instigadores”
La Justicia condenó al abogado Barbero y al periodista Pasquini a siete años de prisión por encontrarlos instigadores del incendio de los Tribunales de Corral de Bustos. Otros cuatro vecinos deberán cumplir prisión efectiva
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Pasquini (al centro de la imagen) entre otros imputados, con la mano en el mentón, escucha la sentencia

La Cámara en lo Criminal y Correccional de Bell Ville condenó a siete años de prisión efectiva a los "instigadores" del incendio de la sede judicial de Corral de Bustos - Ifflinger, ocurrido en diciembre del año 2006. Los imputados Víctor Luis Barbero (abogado) y Néstor Omar Pasquini (periodista) fueron condenados como instigadores del delito de incendio y, por esa razón, el tribunal ordenó sus inmediatas detenciones y su alojamiento en el Establecimiento Penitenciario N° 5, de Villa María.
Además, fueron condenados a cinco años de prisión efectiva Rubén Omar Astudillo y Juan José Guayanes como coautores penalmente responsables de los delitos de daño calificado e incendio. La misma pena recibieron Juan Marcelo Farías y Horacio Esteban Guayanes como coautores penalmente responsables del delito de incendio. Sobre estos cuatro acusados el tribunal también ordenó la inmediata detención. Mientras, por el mismo hecho, fueron absueltas otras 25 personas que estaban imputadas.
Según el fallo, la medida se tomó por considerar que las llamas se originaron producto de un plan, y no fue producto de una reacción espontánea.

El caso

El 4 de diciembre de 2006, unos dos mil habitantes de la ciudad de Corral de Bustos-Ifflinger salieron a la calle en reclamo de justicia. El reclamo popular se inició minutos después del sepelio de Ariana Sabache, una nena de tres años brutalmente golpeada, violada y asesinada por su padrastro y el hermano de éste en ausencia de su madre. Es que los vecinos ya habían advertido a los funcionarios de la Justicia de la ciudad y sostienen que esa descarada muerte pudo evitarse, como tantas otras y tantos otros casos de drogas, aplicando en la mayoría de ello prevención y control. Incluso un grupo de padres se había mostrado dispuesto a participar de controles de alcoholemia, pero no fueron escuchados.
Con ese marco, la "pueblada" derivó en el incendio del automóvil de un juez y un sector de los Tribunales locales.

Absueltos

Pero además, Rubén Omar Astudillo y Juan José Guayanes, como parte de los imputados, “resultaron absueltos para la Justicia provincial como coautores de lesiones leves en agresión por carecer de acusación fiscal y como coautores de daño calificado, sin costas”, según reza la resolución del tribunal bellvillense en este juicio que estuvo presidido por el juez Gustavo Garzón.
La misma suerte corrieron Juan Marcelo Farías, Oscar Walter Guayanes, Hugo Daniel Dobba, Miguel Angel Para y Néstor Fabián Etchegaray. En similar situación quedaron María Eva Alvarez, Pamela Rocío Altamiranda y Marcela Villalba. También Fabián Raúl Oyola, sobre quien pesaba además la acusación de daño calificado.
Fueron absueltos de la acusación como partícipes primarios de incendio doblemente calificado Nelson José Martínez, Miguel Angel Silva y Fabián Alberto Spizzo. Mario Hugo Becerro fue absuelto también como partícipe primario de incendio doblemente calificado y Ricardo Enrique Bomberger, como coautor de lesiones leves en agresión e incendio doblemente calificado.
Alexis Andrés Cordera y Karina Marcela Ripoll, absueltos como coautores del delito de daño simple.
Gustavo Oscar Franza, absuelto de ser coautor del delito de daño simple y de daño calificado. Gabriel Irusta y Patricio Luis Sanfelippo absueltos de ser coautores del delito de daño calificado.
Virginia Beatriz Costantino, absuelta de ser acusada como coautora de daño calificado. Jorge Alberto Luna, de ser coautor de instigación de incendio doblemente calificado y coautor de daño simple. Raúl Alberto Pérez, de ser señalado coautor de daño simple.
Absuelto fue Julio César Suárez, sindicado como coautor del delito de lesiones leves en agresión y autor de lesiones leves por carecer de acusación fiscal y como coautor de incendio doblemente calificado y coautor de daño simple. Finalmente, Javier Alberto Pacheco fue absuelto de ser coautor del delito de lesiones leves en agresión y coautor de incendio doblemente calificado y daño calificado.

Condicional

El tribunal declaró a Karina Ripoll como autora penalmente responsable del delito de daño calificado (artículos 45 y 184 inc. 5º CP) -un hecho- por el que viniera requerida en el auto de elevación a juicio y la condenó a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional.
De similar manera, la Justicia declaró a Pedro Nicolás Dobba, Oscar Walter Guayanes, Jorge Alberto Luna y Julio César Suárez como coautores penalmente responsables del delito de daño calificado (como a Ripoll), condenándolos a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional.
Hugo Daniel Dobba, fue encontrado como partícipe secundario de incendio (artículos 46 y 186 incs. 1°, 3° y 4° del CP) -un hecho- y condenado a tres años de prisión de ejecución condicional (artículos 26, 40 y 41 del CP y 410, 412, 550 y 551 del CP).

Cinco años

Rubén Omar Astudillo y Juan José Guayanes fueron declarados coautores penalmente responsables de los delitos de daño calificado (arts. 45 y 184 inc. 5° del CP) -un hecho- e incendio (arts. 45 y 186 incs. 1°, 3° y 4° del CP) -un hecho- y condenados a la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo, ordenando su inmediata detención y alojamiento en la cárcel de Villa María.
El tribunal encontró a Juan Marcelo Farías y Horacio Esteban Guayanes culpables como coautores de los delitos de incendio (arts. 45 y 186 incs. 1°, 3° y 4° del CP) y los condenó a la pena de cinco años de prisión, con la inmediata detención y traslado a Villa María.

Dos menores

Además, el tribunal presidido por Garzón declaró la responsabilidad penal de Franco Rubén Astudillo y David Jesús Rivero, en razón de ser menores imputables al momento del hecho, como coautor de daño calificado e incendio, el primero de ellos, y coautor de incendio en el segundo caso, por lo que definió remitir los antecedentes al juez de Menores de la ciudad de Corral de Bustos-Ifflinger.

Dos ausentes

Por otra parte y atendiendo las quejas presentadas por varios de los abogados defensores, el tribunal se ocupó por fin de "remitir los antecedentes al fiscal de Instrucción de Corral de Bustos a fin de que dilucide la posible actividad que habrían desarrollado los señores Gustavo Alen y Martín Tonini en los hechos de la presente causa".
Vale mencionar que se trata de dos vecinos nombrados por testigos e imputados, pero que no fueron citados por la Justicia, lo que abre otro interrogante marcando la arbitrariedad que abona en las irregularidades del proceso, en un caso que mantiene aún incertidumbes, aunque más desconciertos.
Para el abogado Germán Villarroel, aunque la Justicia decidió no citar a Alen y Tonini, en la sentencia "finalmente dejó ver que no se trata de dos fantasmas. Son dos personas que estuvieron en el día, la hora y el lugar de los hechos, pero esto marca la arbitrariedad de la imputación". Y dijo que evaluará si se sumará al pedido de jury contra el fiscal López Lema "por el uso de la prueba".

Desconcierto

El imputado absuelto Néstor "León" Etchegaray se quejó porque "en cuatro años (de los que pasó casi 40 días preso) no supieron decirme quién me acusó y de qué". A la salida de los Tribunales, no dudó en señalar que "se probó que hubo instigadores pero faltó decir quiénes son los instigados. Quedó claro que la Justicia no investigó".
"La Justicia logró su objetivo, porque no volvería a salir a la calle a reclamar. Por mi familia, por mi hijo... lo pensaría muchas veces" dijo Fabián Spizzo, con el rostro empapado en lágrimas. Es que estuvo tres meses y medio en la cárcel de Villa María y ayer quedó libre de acusaciones.
"No saldría a reclamar justicia, el martillo lo tienen ellos... Nada se dice ni investiga de la mafia en Corral, de la piratería del asfalto ni nada", dijo Karina Ripoll, la mujer que fue condenada a prisión condicional. Al respecto, indicó que se verán "con la Policía en los talones, vigilada". Además, sostuvo que "muchos vecinos nos verán no como absueltos, sino como culpables. La sociedad corralense quedó herida, la Justicia no aclaró el homicidio de Ariana (Sabache), nos condenó a nosotros por reclamar justicia real".

Fundamentos. La Cámara fijó audiencia para el 27 de setiembre a las 12.30, donde dará lectura de los fundamentos de la sentencia.

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