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24 de Septiembre de 2011
Honremos la vida
Nuevo aporte
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Uno de los muchos controles que se vieron ayer en la ciudad

A quien corresponda:
Como partícipe diaria del tránsito en la ciudad de Villa María, estoy cada día más preocupada por la vida de mis hijos y la de los demás. Tras extensas charlas con allegados y amigos, me permito hacer una breve revisión de la situación y aportar nuestras opiniones al respecto.

Aspectos positivos
a destacar
4Normativa vigente: a nivel nacional la Ley Nº 24.449 (sancionada en 1994) y su modificatoria la Ley Nº 6.363 y a nivel municipal la Ordenanza Nº 967 (sancionada en 2008).
4Pavimentación en general en arterias tanto céntricas como barriales.
4Mayor señalización y nuevos semáforos.
4Controles más exhaustivos de la documentación y del estado general de los vehículos (ITV).
4Controles de alcoholemia.
4Control de la tenencia de casco.

Aspectos nocivos
Los aspectos nocivos surgen de las observaciones diarias
4Situación 1: el semáforo pasa de amarillo a rojo y todos los autos se detienen con excepción de los motociclistas y usuarios de bicicletas que siguen circulando, infringiendo el artículo 99 de la Ordenanza que indica que es obligatorio para todo tipo de vehículo el detener la marcha.
4Situación 2: el peatón parado en la esquina de calle San Juan y Alem debe circular sólo cuando el semáforo vehicular dé paso a los vehículos que circulan en su misma dirección (artículo 99 inciso b, 2 de la Ordenanza) pero como no se respeta el artículo 49 que otorga prioridad de paso al peatón, es prácticamente imposible cruzar a pie sin incurrir en otra infracción.
4Situación 3: rotonda de bulevar Vélez Sarsfield y bulevar España los vehículos que circulan en la rotonda deben aminorar la marcha para no colisionar con los que ingresan desde bulevar España o bulevar Argentino a pesar de lo regido por el artículo 97 de la Ordenanza que otorga prioridad de paso al que se encuentre girando en la rotonda por sobre quien ingrese a ella.
4Situación 4: los motociclistas llevan el casco en el codo cuando según el artículo 64 de la Ordenanza es el uso el que es obligatorio no sólo su tenencia.
4Situación 5: los ciclistas, motorizados o no, circulan a contramano por las calles lo que se prohíbe expresamente por el artículo 105 inciso c de la Ordenanza.
4Situación 6: dos o más ciclistas circulan uno al lado del otro, ocupando todo el ancho de la calzada desobedeciendo lo regido por el artículo 59 de la Ordenanza (deben circular en fila india).
4Situación 7: al ingreso de un colegio se observan padres cargando a más de un menor en sus motocicletas, lo que está prohibido por el artículo 60 de la Ordenanza.
4Situación 8: un automóvil se encuentra detenido sobre la calzada y el conductor está conversando con un peatón apoyado en el auto, conducta prohibida por el artículo 50 inciso 4 de la Ordenanza.
De los tres factores que inciden en el desarrollo del tránsito (vehículo, ambiente y persona) la persona sea probablemente el factor más difícil de encauzar, porque en él influyen a su vez otros muchos factores relacionados con la educación recibida (tanto en la formal como en la no formal) además de factores actitudinales y comportamentales para nombrar sólo algunos. Tal vez, por ello se pueden ver estas ocho situaciones además de muchas otras conductas peligrosas, una y otra vez a lo largo de una simple jornada.
La falta de conocimiento de la norma pareciera eximir del cumplimiento de las mismas. Plantear que a nivel del factor persona la educación es la única forma de mejora, es pensar solamente en una estrategia a largo plazo la ciudad y la gente necesita en forma urgente una estrategia con soluciones a corto plazo. Si se cree que la des-obediencia está relacionada con el des-conocimiento, es necesario proporcionar ese conocimiento, por ejemplo, mediante campañas de difusión intensivas y no esperar que nuestros hijos y nietos tengan edad suficiente para intervenir activamente en el tránsito.
Pero también es necesario que después se controle el efectivo cumplimiento de la norma: ¿quién a esta altura y con todo el dinero invertido en publicidad, no sabe que es obligatorio usar casco para andar en moto? ¡Nadie!... pero lamentablemente pareciera que con sólo informar no alcanza: también debe controlarse su uso.
Las infracciones en las conductas se detectan mediante la observación en su desarrollo y no mediante controles que paralizan y dificultan el tránsito normal. ¿Cuándo habrá personal idóneo parado en las esquinas controlando el respeto del paso regulado por los semáforos? ¿Quién controla que el sobrepaso nunca sea por la derecha? ¿Cómo evitar la paralización del tránsito si las bicicletas no circulan en fila india?

Para sintetizar, lo que estamos proponiendo es:
4Que se identifiquen los posibles puntos críticos del tránsito en nuestra ciudad mediante la consulta de los vecinos, para poder optimizar de esta manera, la señalización o realizar otras mejoras necesarias para “brindar la máxima seguridad a todos los usuarios de la vía pública” y “dar fluidez y agilidad al tránsito” (artículo 2 de Ordenanza municipal Nº 5967).
4Que se realicen campañas de difusión de las normas de tránsito (precisas y concisas) para combatir el desconocimiento de las mismas.
4Que se controle la conducta de los distintos actores del tránsito y que se sancione “severamente las infracciones que pongan en peligro las vidas de nuestros semejantes” (artículo 2 de Ordenanza municipal Nº 5967)
Sin otro particular y a su entera disposición si en algo puedo ser útil, saluda atentamente.

Licenciada Haydée Carelli

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