Señor director:
Desde hace 18 años me desempeño como enfermera municipal en los Centros de Atención Primaria de Salud (CAPS) periféricos de la ciudad de Villa María, iniciándome en el Centro de Salud de barrio Los Olmos, posteriormente en los del Bello Horizonte, Belgrano y San Justo, y en la actualidad en el CAPS de Salud Mental. También pasé por diferentes gestiones del Gobierno municipal y distintas normas, con mi actitud siempre dispuesta a brindar una mejor calidad y atención a la comuna, como así también al municipio.
Soy cabeza de familia, con tres menores a cargo, y estudiante del último año de Enfermería Profesional, dependiendo exclusivamente de los ingresos económicos de este trabajo. Y para incrementar un poco más mis aportes, he trabajado también en la Guardia de la Asistencia Pública desde mis comienzos en el año 1993 hasta agosto de 2011.
La situación de empleo en la que me ha vinculado con dicha entidad fue: contratada desde 1993 hasta 1996; desde 1996 hasta julio de 2009 como facturante, por cuestiones económicas del municipio, y en agosto de 2009 hasta la actualidad como agente contratado de manera ininterrumpida en estos 18 años. En julio del corriente año firme nuevamente mi contrato con ellos hasta diciembre próximo.
En los primeros días de setiembre pasado recibí en mi domicilio una carta documento en la que me comunicaban que, a partir de octubre, prescindían de mis servicios, sin detallar motivo alguno.
Ante esa situación solicité apoyo del gremio municipal y recurrí a un abogado laboral para que me asesorara en estas circunstancias, el cual me pidió le llevara el contrato actual. Cuando fui a buscarlo a la Oficina de Personal, me informaron que no se encontraba, que lo habían anulado.
Ante el asesoramiento de mi abogado, sigo asistiendo a mi lugar de trabajo, cumpliendo mi horario y marcando mi asistencia como todo agente municipal; aún así, sin poder ejercer mi labor correspondiente ni nada que me permita vincularme con la comuna (dar turnos e informar a los pacientes, atención del teléfono, etcétera) por órdenes directas de mis superiores, advirtiéndome la posibilidad de que personal policial me retire del establecimiento y prohíban mi presencia allí.
El motivo de la misma es solicitar las explicaciones correspondientes de tamaña resolución (ya que de manera personal y mediante tres telegramas no me las dieron), y saber si el intendente de la ciudad de Villa María, Eduardo Accastello, tiene conocimiento de este acto que dispuso el Consejo Municipal de la Salud y el coordinador de Recursos Humanos del municipio, como en su momento me lo comunicaron.
Silvia Claudia López
DNI 17671117
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