Los concejales aprobaron, ayer, por unanimidad un proyecto modificando el Código de Tránsito y adhiriendo a Ley Nacional en la materia y aumentando el monto de las multas a los infractores viales.
“Vamos a ponernos más severos en sanciones graves, que sabemos son las causales principales de accidentes, como el cruce de semáforo en rojo, circular a contramano, exceso de velocidad, picadas, uso de elementos manuales durante el manejo, que sufrirán un incremento además de una pena que implica la inhabilitación para conducir por el término de 15 días. Buscamos que la medida sea disuasiva, porque consideramos que la educación es uno de los elementos fundamentales para solucionar la problemática del tránsito y es en eso en lo que estamos avanzando”, indicó De Falco en el recinto.
Efectivamente, los nuevos valores para las infracciones van desde un mínimo de 50 hasta 20 mil Unidades de Multa. Cada unidad (UM) equivale al precio de un litro de nafta especial.
Las nuevas sanciones serán las siguientes:
* El que condujere sin haber obtenido la licencia: 200 UM.
* Con licencia vencida: 120 UM.
* Sin portar o exhibir licencia: 100 UM.
* El que conduzca hablando por celular o aparatos que no sean “manos libres”: 400 UM e inhabilitación para conducir por 15 días.
3 El que no respete las señales de semáforo: 600 UM e inhabilitación para conducir por 15 días.
* El que no realice las señales manuales o mecánicas reglamentarias, o circule en forma sinuosa o hiciera marcha atrás indebida: 150 UM.
* El que no respete la prioridad del peatón: 200 UM y en caso de reincidencia será inhabilitado para conducir por 15 días.
* El que no tenga la Inspección Técnica Vehicular: 120 UM y retención del vehículo hasta que exhiba el turno correspondiente para realizarla.
* Los titulares de estaciones de servicio que vendan combustible a motociclistas sin casco serán sancionados con multas que van desde los 100 a las 200 UM.
* Los titulares de cadetería que no cumplan con lo estipulado en el Código de Tránsito serán sancionados con multas que van desde los 300 a mil unidades.
* El licenciatario que preste servicio con un vehículo no habilitado: 750 UM.
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