El Colegio de Opticos de la Provincia de Córdoba, por disposiciones legales vigentes, receptará la documentación cuando se encuentre completa. Para inscribirse en el Registro General de la Matrícula el solicitante deberá: “Acompañar título habilitante en original expedido por institución educacional pública o privada debidamente autorizada de conformidad a lo preceptuado por el artículo 2 de la Ley 7.802, original y copia del mismo, siendo reintegrado el primero toda vez constatada la autenticidad de la segunda que quedará archivada en el legajo personal” (artículo 11, inciso D de los Estatutos Sociales del Colegio de Opticos de la Provincia de Córdoba).
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