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11 de Enero de 2012
Facturas de gas natural
Los usuarios deberán plantear "la necesidad del subsidio"
El defensor del Pueblo de Córdoba advirtió que con las facturas del consumo de diciembre deberían llegar las declaraciones juradas para pedir la continuidad del beneficio
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La eliminación de los subsidios del Estado nacional en las tarifas de los principales servicios fue uno de los temas abordados, ayer, por el defensor del Pueblo de la provincia, Mario Decara.
En un escrito, enviado a la Redacción de EL DIARIO, el funcionario advirtió a los usuarios del servicio de gas natural que, con las facturas que liquiden los consumos del mes de diciembre de 2011 en adelante, deberán recibir un formulario de Declaración Jurada donde podrán manifestar la necesidad de seguir manteniendo el subsidio eliminado por el Gobierno nacional.
“Aquellos usuarios que no reciban dicho documento, podrán acceder al mismo en el formulario denominado “Declaración Jurada de Necesidad de Subsidio”, a través de la página web institucional www.defensorcordoba.org.ar”, precisó el informe del defensor del Pueblo.
En otro pasaje de su escrito, recomendó a los usuarios que se encuentren incluidos en alguno de los 12 supuestos que prevé dicha Declaración (ver aparte), completar y remitir la misma en la forma indicada. Y de no recibir dicha planilla con las facturas y de obtenerla por otra vía, deberán completarla y presentarla en la prestataria del servicio de gas natural más cercana a su domicilio.
Advirtió Decara, además, que en el caso de no presentarse esta Declaración Jurada, el Gobierno nacional entenderá que el usuario no considera necesario continuar percibiendo los subsidios y por ende, se le quitarán para los tres servicios básicos: agua, luz y gas.

Bajo protesto

Por otra parte, a los usuarios no comprendidos en los supuestos de la Declaración Jurada, les recordó que siguen vigentes las modalidades de pago anteriores, es decir:
a) Pago total bajo protesto
b) Pago a cuenta” con exclusión del cargo Decreto 2067/08. Atento que el Cargo Costo por Gas Importado (Decreto 2067/2008 - Resolución 1982/2011), vigente desde el año 2008, se encuentra cuestionada su constitucionalidad y una medida cautelar dictada por el Poder Judicial permite su exclusión del pago de las facturas.
Para los que deseen mayor información, el defensor del Pueblo ofrece un instructivo para cada modalidad de pago y un modelo de nota y de formulario correspondiente para cumplimentar el trámite, los que se encuentran a disposición en la página web www.defensorcordoba.org.ar o bien podrán solicitarlos en la sede institucional de Tucumán 25, 3º piso, teléfono 0800-777-0337 (línea gratuita) o 0351-4342060/61.

Condiciones para el beneficio

La declaración jurada contempla los siguientes requisitos para quienes deseen acceder al subsidio del Estado nacional:
- Acreditar una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.
- Contar con certificado de discapacidad.
- Percibir como único ingreso previsional una jubilación y/o pensión equivalente a un haber mínimo.
- Poseer ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
- Ser beneficiario de Pensiones No Contributivas.
- Ser beneficiario de algún plan o programa social (Asignación Universal por Hijo, Subsidios por Desempleo, Plan Familias, etcétera).
- Poseer una vivienda con características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo de otro servicio.
- Tener el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etcétera).
- La vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etcétera).
- Percibir alguna asignación familiar.
- En la vivienda conviven múltiples hogares.



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