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7 de Febrero de 2012
Los acusados reconocieron el delito y el juicio se hizo abreviado
Juzgan a dos hombres que usurparon sendos terrenos
Con los alegatos de las partes y el dictado de la sentencia, concluirá hoy el primer juicio del año. En la audiencia de la víspera, Pablo Peralta y Diego Quinteros terminaron reconociendo que habían ocupado ilegalmente dos lotes en barrio Las Acacias
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Antonio Alarcos, el abogado que representa a la familia del fallecido letrado villamariense Víctor Callegaris. Hoy alegará después del fiscal Horacio Vázquez

Se conocerá hoy el veredicto de la Justicia de Villa María en relación a la usurpación de terrenos por parte de dos albañiles, quienes construyeron sus precarias viviendas luego de ocuparlos ilegalmente en febrero de 2008.
Se trata de Pablo Daniel Peralta, de 30 años, y Diego Rubén Quinteros, de 32, quienes comenzaron a ser juzgados ayer en la Cámara en lo Criminal y Correccional de esta ciudad, en el primer proceso oral y público de 2012.
Previo a la sentencia que dictará la camarista Silvia Saslavsky de Camandone, formularán sus alegatos el fiscal Horacio Vázquez, el querellante Antonio Alarcos y la defensora oficial Ana María Díaz, quienes intervienen en la causa con la asistencia de la prosecretaria Marcela Mattalía.
Durante la audiencia de la víspera, Peralta y Quinteros declararon sobre las circunstancias en que habían ingresado a los lotes 3 y 4, de 20 por 40 (es decir, 800 metros cuadrados cada uno), ubicados sobre calle Los Ombúes, entre Los Paraísos y la ruta 158, en el citado barrio villamariense.
Ambos terrenos pertenecen a los herederos del abogado local Víctor Hugo Callegaris, fallecido a principios de abril de 2011. Y fue precisamente dicho letrado quien había iniciado la acción penal en marzo de 2008, luego continuada por su hija María Inés Callegaris, administradora judicial de los bienes, con el patrocinio de Alarcos.
El delito de “usurpación” es legislado por el artículo 181 del Código Penal de la Nación, y es sancionado con prisión de seis meses a tres años.
Peralta y Quinteros comparecen en libertad principalmente porque el ilícito que se les atribuye es excarcelable, pero también porque ninguno de los dos posee antecedentes penales computables.
La audiencia de debate se inició con la declaración de Pablo Peralta, quien relató que previo a ocupar los terrenos había hablado por teléfono con una abogada a la que sólo identificó como Gloria.
Según el acusado, la letrada en cuestión se dedicaba a hacer trámites ante el Registro de Poseedores. Asimismo, dijo que a principios de 2008 le pagó 500 pesos para que iniciara gestiones a tenor de lo establecido por la Ley de Posesión 9.150, ya que -supuestamente- ese terreno no tenía dueño. Sin embargo, Peralta jamás presentó recibo alguno que acreditara el supuesto pago.
A segundo turno, y por separado, compareció Diego Quinteros, quien luego de algunas contradicciones y tras un intenso interrogatorio por parte del fiscal Vázquez y del querellante Alarcos, terminó desmintiendo la coartada de Peralta y reconoció que ambos habían pasado un día en moto por el lugar y decidieron ocupar ilegalmente los predios, que estaban demarcados con un precario alambrado perimetral.
“Sé que tengo que irme, tarde o temprano”, señaló Quinteros en una parte de su declaración, reconociendo así que tanto él como su compañero de causa habían cometido un delito.
Tras un breve receso, y ante la falta de pruebas que abonaran su endeble postura exculpatoria, Peralta admitió que los hechos habían sucedido tal como lo había reseñado Quinteros, por lo que las partes solicitaron que se le imprimiera al proceso la modalidad de juicio abreviado ante la confesión de los dos imputados.
Luego se incorporó por lectura toda la prueba obrante en el expediente y cerca de las 13 la jueza Saslavsky de Camandone dispuso un cuarto intermedio hasta hoy a las 8.30 para escuchar los alegatos de las partes, la última palabra de los acusados y luego dictar la correspondiente sentencia.
A raíz de la confesión final de Quinteros y Peralta, es un hecho que el fiscal solicitará una condena para ambos, del mismo modo que el representante de la Querella, aunque de ejecución condicional, es decir en suspenso.



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