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La reconocida militante social Adriana Revol, autora de la carta, denunció que varios internos de la cárcel de Villa María fueron reprimidos, y tres de ellos trasladados al penal de Bouwer |
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Señor director:
En la noche del martes 14 de febrero, alrededor de las 20.30, el Servicio Penitenciario de Córdoba (SPC), reprimió con balas de goma a los presos alojados en uno de los pabellones de la cárcel de Villa María, con el pretexto de poner “orden”.
Luego, tres de los presos son llevados a los calabozos para ser trasladados, “por razones de seguridad” a la mañana siguiente, por una fuerza especial antimotines, cuyos efectivos actúan encapuchados (dependen directamente del jefe del SPC, José María Bouvier), cuando este grupo los saca del calabozo, los tira en el piso desnudos y los golpea fuertemente.
En esas condiciones fueron llevados al penal de Bouwer, cercano a la ciudad de Córdoba, y fueron alojados en los calabozos de castigo, ahora llamados espacio para personas con “problemas conductuales”.
Estas tres personas, Alejandro Barcia, Ricardo Lobo, y Raúl Brussa, han comenzado una huelga de hambre desde el día miércoles, que llegaron a dicha unidad, reclamando por sus derechos.
Los traslados compulsivos no son hechos aislados, sino que se enmarcan con varios más, que comenzaron después de la publicación “Carta a la presidenta”, por la situación de la cárcel de Villa María (publicada por EL DIARIO el pasado 23 de enero), donde denuncio el terrible hacinamiento que hay en esa unidad penal.
Algunos pocos estuvieron de acuerdo con el traslado, pero la mayoría no. Los que estuvieron de acuerdo son detenidos de Córdoba, que habían sido castigados, trasladándolos allá.
Varios de los trasladados tienen su familia en Villa María, como es el caso de Lobo, que a su familia, su mujer y siete niños les sería imposible viajar para visitarlo, por razones económicas, y considero que no sería la excepción.
Estos violentos traslados de desarraigo tendrían el consentimiento del juez de Ejecución Penal de Villa María, Arturo Ferreyra, que es el mismo que no hace nada por mejorar la calidad de vida de las personas allí recluidas.
Es imposible pensar en una “reinserción” social, si se agravan las condiciones de detención al alejarlos de la familia, debiendo regir el principio de humanidad, sin que sirva de pretexto la “seguridad” o el “tratamiento”.
El traslado de unidad puede provocar serias afectaciones a los derechos y garantías de la persona privada de la libertad, dentro y fuera del proceso penal. La lejanía obstaculiza la posibilidad de que tenga un acceso inmediato a su defensor y al juez de Ejecución; de esta manera se afecta al derecho de defensa y a los principios de inmediación y acceso a la Justicia.
¿Esta será la mejor estrategia que tiene el director de la unidad, Carlos Cortez y el resto de la dirección del Servicio Penitenciario, de resolver los graves problemas de esta cárcel?
Adriana Revol
DNI 12407020
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