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23 de Marzo de 2012
Ediles del Partido Villamariense dicen que es “inédito” en el país
Multan a quienes no llevan el comprobante de pago de impuestos
Lo habilitó la anterior conformación del Concejo Deliberante, en su etapa final. Si el ciudadano presenta el comprobante de pago, igual es multado
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Capitani y Etchegaray remarcaron que el comprobante no debe ser un requisito para circular

La anterior conformación del Concejo Deliberante avaló, en su etapa final, en diciembre del año pasado, el cobro de multa a quienes circulan por las calles sin el último comprobante de pago de las tasas que inciden sobre el automotor, un punto controvertido que respalda a las acusaciones de la oposición respecto a que se regula en materia de tránsito con fines recaudatorios.
La semana pasada, en el marco de una extensa exposición en el órgano parlamentario en relación al aval legal a las “fotomultas”, el concejal Darío Capitani había hecho alusión al tema.
Ayer Capitani, edil del Partido Villamariense, le dijo a EL DIARIO en el Concejo que se había sancionado un paquete de normas, en diciembre pasado, “tendientes a recaudar” e hizo especial mención a ese ítem del actual Código de Tránsito.
Se trata del artículo 64 de la Ordenanza 6.444, el que establece que, en relación a la documentación exigible para circular, en caso de que faltare el comprobante de pago de la contribución sobre automotores y el infractor se presentara ante el Juzgado de Faltas correspondiente con el respectivo comprobante (de que había abonado ese impuesto, con antelación a la hora y fecha de labrada la infracción), se le reducirá el 50% de la multa.
Tanto Capitani como su par de bloque, la edil Georgina Etchegaray, sostuvieron que “es un caso inédito”, sin antecedentes “en ninguna parte del país”, y afirmaron que “es algo totalmente incorrecto”.
Los dos legisladores del partido que encabeza el ex secretario de Ambiente y ex candidato a intendente Raúl Costa, subrayaron que el comprobante de pago “no debe ser un requisito para circular” por las calles.
También enfatizaron que en el caso de que el vecino se presentare ante el juez de Faltas con el comprobante del pago del impuesto municipal, el ciudadano “debería ser eximido” del cobro de sanción alguna.

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