La pasada semana nuestro medio decidió realizar un relevamiento para tener conocimiento si los villamarienses que transitan con motocicletas en la ciudad utilizan cascos, tal como estipula la ley.
Por tal motivo, un periodista de EL DIARIO estuvo el 20 de marzo, alrededor de 20 minutos, contabilizando los motociclistas que llevaban casco en la esquina de 9 de Julio y Entre Ríos.
En la ocasión pudimos dar cuenta de que el resultado fue 41 a 28, es decir, prácticamente un 60% de cumplidores de la normativa vigente en materia de seguridad personal.
Cabe señalar que el horario seleccionado no fue casual, ya que es justamente en el que muchos transitan para buscar a sus niños en la escuela primaria, turno vespertino.
En tanto, un día antes, se contabilizaron otros 20 minutos a partir de las 10 en la misma esquina y esta vez el porcentaje de uso de casco decayó, dando un 53%.
Lo que deja en claro es que el uso del casco en horario escolar es algo superior. Seguramente la exigencia de llegar a las instituciones educativas, donde hay presencia de inspectores municipales, se convierta en una poderosa razón para el cumplimiento de la normativa.
Más allá del dato numérico, que no tiene pretensiones estadísticas, es importante observar que entre los cumplidores hay matices, ya que muchos de los que llevaban casco, utilizaban esos casquetes que no son los que garantizan la seguridad en caso de accidente.
También pudimos contabilizar en este grupo a gente que llevaba correctamente un protector, pero que su acompañante -muchas veces niños- no lo tenía.
Entre los incumplidores, había algunos que llevaban casco, pero en el codo, seguramente por si tenían que cargar combustible.
Obligación por Ordenanza
Cabe destacar que desde el 1 de abril de 2011 rige la Ordenanza 6.276 que establece que se expenda combustible a motociclistas que utilicen el casco, exclusivamente.
La normativa establece “la prohibición de venta de cualquier tipo de combustible para la propulsión de motocicletas, triciclos, cuadriciclos, ciclomotores y bicimotores a aquellos conductores que no utilicen casco al momento de requerir el suministro”.
La Ordenanza, también señala que los establecimientos comerciales, industriales y de servicios que soliciten el traslado de mercadería por sistema de cadetería, no puedan entregar la carga a los cadetes cuando los mismos concurran a dichos lugares sin el casco protector.
Fotogfías: 1) Un motociclista lleva el casco puesto, pero a medias.
Una situación que se repite
2)Una mujer junto a un estudiante sin casco protector
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