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Leonel Campregher, en una foto pública obtenida por EL DIARIO en la red social Facebook. La imagen fue difuminada adrede para evitar que aparezca la persona que lo acompaña |
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El fiscal de Instrucción del Segundo Turno, Gustavo Atienza, dictó ayer la prisión preventiva de Leonel Alejandro Campregher, un joven albañil que está acusado de haber violado a una menor en Tío Pujio.
Campregher está imputado como presunto autor de los delitos de “privación ilegítima de la libertad” y “abuso sexual con acceso carnal” en perjuicio de una adolescente de 14 años, en un hecho que se habría producido la noche del 29 de enero de este año en las afueras de la vecina localidad.
Atienza ordenó también la realización de pericias psiquiátricas y psicológicas al sospechoso, quien se encuentra privado de la libertad desde el pasado 18 de abril, cuando se entregó a la Justicia luego de permanecer prófugo tres días.
Dichos exámenes se llevarán a cabo en el Gabinete de Medicina Forense que funciona en el edificio de Tribunales II de la capital provincial, al que el joven trabajador de la construcción, de 24 años de edad, será trasladado en los próximos días.
Perfil genético
En tanto, pudo saberse que a comienzos de esta semana, en la sede de la Policía Judicial de Córdoba, se sometió a Campregher a un estudio químico para obtener su perfil genético, el que será comparado con los restos de semen que fueron obtenidos la misma noche del ataque sexual, mediante hisopados vaginal y anal a la víctima.
En el caso del supuesto violador, los peritos del Poder Judicial le realizaron un hisopado bucal a los efectos de obtener muestras de ADN.
Cabe recordar que tras la denuncia del hecho en el Destacamento de Tío Pujio, la menor fue trasladada por los Bomberos de aquella población hasta el Hospital Regional Pasteur, donde el médico policial y personal de dicho centro de salud realizaron las pericias de rigor para obtener las muestras de semen, que ya están en poder de la Policía Judicial.
La denuncia
El grave hecho que se le atribuye a Campregher se produjo entre las 21.30 y las 22 del domingo 29 de enero, en una zona de monte que se encuentra en las afueras de la vecina localidad, sobre calle Buenos Aires y frente a una fábrica de cuajo.
Tal como lo indicó EL DIARIO en ediciones anteriores, el sospechoso habría violado a la menor luego de interceptarla con su camioneta Ford, en momentos en que la adolescente se dirigía en bicicleta desde la casa de una compañera de la escuela hasta el domicilio de su abuelo materno, donde se encontraban sus padres.
Siempre de acuerdo a la denuncia, Campregher utilizó un cuchillo para reducir a su víctima y, colocándole la hoja en el cuello, la sometió a sus bajos instintos en el interior de la pick up, para luego abandonarla en el lugar del ataque sexual.
Al relatar lo acontecido en sede judicial, la menor precisó que fue abusada por vía vaginal y anal, e incluso que el agresor la obligó a practicarle sexo oral, y que logró escapar luego de golpear a Campregher en los genitales.
Qué dice la ley
El artículo 141 del Código Penal de la Nación (CPN) establece que “será reprimido con prisión o reclusión de seis meses a tres años, el que ilegalmente privare a otro de su libertad personal”.
En tanto, el artículo 119 del mismo cuerpo legal señala que “será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando ésta fuera menor de trece años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.
Sin embargo, el tercer párrafo del mismo artículo precisa que “la pena será de seis a 15 años de reclusión o prisión cuando, mediando las circunstancias del primer párrafo, hubiere acceso carnal por cualquier vía”.
En principio, Campregher está acusado como presunto autor de “abuso sexual con acceso carnal simple”, aunque según la denuncia formulada por la menor, luego ratificada en dos sesiones de Cámara Gesell, la violación se habría producido bajo las amenazas de un cuchillo.
Puede agravarse
Si el fiscal Atienza determina que, efectivamente, el albañil tiopujiense empleó un arma blanca para consumar el ataque sexual, la calificación legal del hecho se agravará, a tenor de lo descripto en el cuarto párrafo del citado artículo 119 del CPN, en su inciso “d”, segundo supuesto.
“La pena será de ocho a 20 años de reclusión o prisión si (…) el hecho fuere cometido por dos o más personas, o con armas”, establece la norma legal en cuestión.
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