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29 de Mayo de 2012
Seis meses de prisión de ejecución condicional
Condenaron a Rovetto por "incendio culposo"
El productor agropecuario fue declarado culpable de un siniestro ocurrido en julio de 2008 en un campo de la zona de Las Mojarras, que destruyó 55 hectáreas sembradas con trigo. La Defensa adelantó que recurrirá el fallo en casación
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Rovetto en un pasaje del juicio. Detrás el juez Gandarillas y a la derecha el fiscal Márquez

El camarista René Gandarillas le impuso ayer una pena de seis meses de prisión en suspenso al agricultor villamariense Delfor Víctor Rovetto (52), tras considerar que su proceder negligente provocó un incendio de campo que devastó un sembradío de trigo, causando pérdidas cercanas a los 200 mil pesos.
El magistrado declaró a Rovetto autor del delito de “incendio culposo” por un hecho ocurrido entre la noche del 24 y la mañana del 25 de julio de 2008 en un predio rural ubicado cerca de Las Mojarras, que era alquilado por el también productor local Marcelo Ricardo Picco.
Para la Justicia, al caer la noche del 24 el agricultor le prendió fuego a restos de ramas, troncos y pastizales secos que había en su campo, colindante con el predio arrendado por Picco, y se retiró del lugar sin verificar si el foco ígneo estaba totalmente apagado.
Al parecer, producto del viento que se levantó al día siguiente, el fuego se reavivó y se propagó al campo vecino, donde las llamas destruyeron 55 hectáreas sembradas con trigo.
El abogado defensor de Rovetto, Antonio Alarcos, adelantó que casará la sentencia una vez que el 11 de junio se conozcan los fundamentos, ya que por haber sido condenado como autor de “incendio culposo” (cuya pena máxima es de un año de prisión), el hecho ya prescribió.
Cabe recordar que el jueves pasado, al momento de formular sus alegatos, el fiscal Francisco Márquez había solicitado una condena de ocho meses de ejecución condicional para Rovetto, luego de cambiar la calificación original de la causa (“incendio doloso”) por la que finalmente se aplicó.
Por su parte, el abogado Luis Caronni, representante de Picco, había requerido una sanción de tres años en suspenso por considerar al productor autor de “incendio doloso con dolo eventual” y subsidiariamente pidió la misma pena que el fiscal.
Por último, el defensor de Rovetto solicitó la absolución de su cliente, aunque de manera accesoria solicitó el mínimo de la pena prevista por la legislación argentina para el “incendio culposo”.



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