El juez de Ejecución Penal de Villa María, Arturo Ferreyra, confirmó que, por su “peligrosidad potencial” -según expresas palabras de dos médicos forenses del Poder Judicial de la Nación- corresponde mantener internado en un establecimiento psiquiátrico, con control permanente de entrada y salida, y sujeto a supervisión permanente, a un insano que registra numerosos antecedentes penales.
Se trata del convicto y paciente R.R.R., de 50 años de edad, con último domicilio en la localidad Ticino, pero nacido en la ciudad de Etruria el 10 de mayo de 1962, quien fue procesado por hechos de “homicidio simple”, “abuso sexual con acceso carnal reiterado”, “lesiones graves” y “privación ilegítima de la libertad calificada”.
El magistrado libró también oficios a los sistemas sanitarios provincial y nacional con el fin de determinar cuál establecimiento está en condiciones de atender al hombre.
De acuerdo con los numerosos informes psiquiátricos recibidos, el juez Ferreyra rechazó el pedido de cese de la medida de seguridad que había planteado el Servicio Penitenciario Federal (ya que se encuentra alojado en el penal de Ezeiza) y la asesora letrada de R.R., quien estaba internado en el Hospital de Salud Mental “J. T. Borda” (Buenos Aires). Luego fue trasladado al penal de Ezeiza.
Asimismo, el magistrado dispuso que se librara oficios a los hospitales neuropsiquiáticos de la provincia (incluido el “Vidal Abal” de Oliva), para que informen “si están en condiciones de recibir al paciente”, lo que ya ha sido respondido negativamente atento a que el homicidio fue cometido durante su estadía en aquel nosocomio.
También se libró oficio a nosocomios dependientes del Ministerio de Salud de la Nación, con el fin de determinar cuál establecimiento del país, más próximo a la localidad cordobesa de Ticino, “se encuentra en condiciones de proveer al acercamiento familiar del paciente y de proveer la continuidad de su tratamiento”.
En la resolución, Ferreyra esgrimió: “La opinión de los médicos psiquiatras forenses, prácticamente ha sido unánime. Todos los profesionales médicos que han intervenido concluyen en la hasta ahora invariable peligrosidad de R.R. y la necesidad de mantenerlo alojado en un lugar en el que se controle la entrada y salida, que lo contenga, que evite el peligro que representa.”
Según las pericias que le practicaron, el sujeto “presenta signos de alteración mental”, como así también “sensibilidad paranoide, falta de conciencia de enfermedad, distanciamiento afectivo, frialdad con respecto a sus antecedentes delictivos y disminución del juicio crítico”.
Por esta razón, es posible inferir “un proceso psicótico crónico, no especificado, en fase residual, asociado a una disfunción cerebral, con severos trastornos de conducta y pérdida del control de los impulsos episódica, en un trastorno de personalidad con características esquizo-paranoides”, según puede leerse en la resolución.
@ En el Pasteur
También surge de los informes del Servicio de Salud Mental del Hospital Regional Pasteur de esta ciudad, que los médicos que atendieron a R.R. concluyeron que “presenta un trastorno asocial de la personalidad”, que “es peligroso para terceros” y que, por lo tanto, “debe ser alojado en un lugar de máxima seguridad”, siendo secundario el apoyo psiquiátrico y/o psicológico. Asimismo, los facultativos precisaron que el paciente “no tiene indicado medicación y no necesita la misma”.
Como consecuencia de todo esto, el juez Ferreyra insistió en que no es materialmente posible el “traslado a un centro cercano a su núcleo familiar” con el fin de favorecer la interacción y la contención de sus allegados.
“En el momento actual no se encuentra en condiciones de un alta hospitalaria ni de realizar un tratamiento ambulatorio. Debe continuar en un régimen de internación en una institución, con controles de ingresos y egresos, y que disponga de una supervisión permanente, por lo que corresponde rechazar el pedido de cese de medida de seguridad”, concluyó el magistrado.
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