|
|
|
|
|
|
|
Jueces bellvillenses en la mira de la unicameral |
|
|
|
|
|
Fue presentado ante la unicameral de Córdoba el pedido de Jury de enjuiciamento contra los integrantes de la Cámara del Crimen de Bell Ville, a quienes se los acusa de haber incurrido en los delitos de “violación de los deberes de funcionario público”, “abuso de autoridad” y “prevaricato”.
Quien elevó la solicitud ante los legisladores es el padre de un hombre imputado por un delito de instancia privada y cuestionó a los funcionarios judiciales bellvillenses José María Ramón Rocca, Miguel Angel Prino y Gustavo Sergio Garzón, quienes integran la Cámara en lo Criminal y Correccional de la mencionada ciudad, acusándolos de haber incurrido en los delitos antes mencionados.
Por otra parte, la acusación presume que los magistrados también son responsables de haber violado el artículo 154 de la Constitución Provincial.
Según sostiene el abogado Gustavo Utrera Ramos, quien patrocina al denunciante, el accionar de la Cámara en cuestión “puso en riesgo el derecho de defensa de dos sospechosos de haber cometido abusos sexuales”, señala en su edición de ayer La Mañana de Córdoba.
Aplicación maliciosa
El punto medular de la denuncia se centra en la “supuesta aplicación maliciosa de criterios contradictorios por parte de los magistrados en dos resoluciones emitidas con una veintena de días de diferencia”, expresa el artículo ya citado.
Las resoluciones a las que hace referencia el querellante tienen relación con pericias médicas realizadas en la instrucción de sendas causas tramitadas en los tribunales de las ciudades de San Francisco y de Morteros.
La defensa de los dos procesados se opuso en ambos casos a la validez de las mencionadas pericias y tales recursos elevados a la Cámara de Bell Ville siguen el curso natural de esos trámites.
Según la denuncia presentada ante la unicameral, el 14 de mayo de este año la Cámara del Crimen de Bell Ville “fijó postura jurisprudencial en cuanto a que el examen médico emitido al comienzo de la investigación es un simple informe técnico que no requiere decreto previo ni notificación a las partes para mantener su total validez, todo ello sin perjuicio de que en el transcurso de la investigación el instructor disponga o no la realización de una pericia médica para completar el mismo”, cita en su artículo de la víspera el matutino cordobés.
Contradicción
Abundando en argumentos, el abogado de San Francisco que lleva adelante la defensa de los supuestos abusadores puntualizó que el pasado 8 de junio de este año (24 días después del dictamen del 14 de mayo) los magistrados belvillenses dictaron un fallo contradictorio, pues entiende la querella que el examen médico que se llevó a cabo cuando se iniciaba la investigación de los hechos es una pericia médica y olvidó que en la resolución anterior expresaba exactamente lo contrario, pues consideraba en ella que el estudio médico practicado al iniciarse la instrucción de la causa era un simple examen técnico.
“Este cambio de postura doctrinal en un mínimo lapso de tiempo, es evidente de que fue realizado con malicia, sólo a fin de contradecir la postura de las defensas de los supuestos abusadores y dándoles siempre la razón a los fiscales”, señala el texto de la denuncia.
Otras notas de la seccion Policiales/Judiciales
Tres personas heridas de gravedad
Robo en un comercio
Operaron a Maximiliano y continúa en terapia
Incautan arma de fuego y recuperan herramientas
Dos nuevos testigos en un proceso por abuso sexual
|