La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme en las últimas horas la condena a un año de prisión en suspenso que le fuera impuesta oportunamente al corredor inmobiliario villamariense Fabián Sigifredo, de 52 años, acusado de haber abusado sexualmente de su sobrina de 3 años.
El máximo organismo de Justicia de la Nación ratificó la condena que se le había impuesto al corredor inmobiliario local, luego de que hubiese sido procesado y juzgado en relación a episodios de instancia privada que habrían tenido lugar el 1 de enero de 2003, en circunstancias de los festejos del Año Nuevo y que fueran denunciados tiempo después por la madre de la pequeña.
Cabe consignar que, en oportunidad de ser sometida a la pericia conocida como Cámara Gesell, la niña relató que el comerciante la habría obligado a realizarle tocamientos en sus genitales.
Condenado en 2009
Tras la denuncia y una investigación que tuvo gran trascendencia pública y conmovió a la comunidad villamariense, el 5 de febrero de 2009, la Cámara del Crimen de Villa María finalmente condenó a Sigifredo por encontrarlo penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple” y le impuso una pena de un año de prisión de ejecución condicional.
El acusado negó en todo momento categóricamente los cargos en su contra y atribuyó la denuncia penal a una disputa de orden familiar. Y mantuvo su postura con firmeza incluso hasta en el momento de la condena.
En consecuencia, su defensa formuló varios planteos judiciales tendientes a que diferentes instancias judiciales revieran el fallo de la Cámara del Crimen de esta ciudad.
El caso llegó así al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba y en esa instancia el organismo judicial cordobés ratificó lo dicho por la Cámara local.
Apelación “inadmisible”
Sin embargo, la defensa del corredor inmobiliario apeló a la última instancia judicial prevista y la causa llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El máximo tribunal declaró “inadmisible” la última apelación de Carlos Ignacio Ríos, defensor del condenado y con las firmas de los magistrados Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni le dio fuerza de cosa juzgada y dejó firme la sentencia.
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