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30 de Julio de 2012
Informe especial - EL DIARIO dialogó con el juez de Faltas Héctor Paschetto
¿Cuánto cuestan hoy las multas en Villa María?
A partir del nuevo Código de Tránsito del pasado 16 de enero los montos de algunas sanciones han variado significativamente, especialmente los concernientes a las faltas graves
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Héctor Paschetto

En Villa María, el valor de las multas se estipula en “Unidades de Multa” (UM), que equivale a un litro de nafta súper de YPF establecida en el Automóvil Club Argentino, por lo que se actualiza automáticamente a medida que aumenta el combustible.
Para toda conducta punible existe una determinada sanción que, en UM, tiene un mínimo y un máximo dentro de los cuales fluctúa el juez para establecerla, teniendo en cuenta varias circunstancias, como por ejemplo los antecedentes contravencionales del infractor, el vehículo, la naturaleza, el tiempo y el lugar de la infracción.
“No es lo mismo cruzar un semáforo en rojo en las afueras de la ciudad a la madrugada, que cruzarlo en el centro, al mediodía y frente a un colegio”, ejemplifica el juez de Faltas Héctor Paschetto.
Es la misma infracción, pero la multa puede no ser la misma en todos los casos.
La carencia de antecedentes contravencionales generalmente lleva a aplicar el mínimo de la escala prevista, es una vía de atenuar la infracción, por grave que sea, en cambio, la reincidencia es un factor que puede agravarla.
Los montos de algunas sanciones han variado significativamente con posterioridad al dictado de la Ordenanza 6.444 del nuevo Código de Tránsito que data del 16 de enero pasado.
Antes de eso, la última actualización se había realizado el 25 de julio de 2008, cuando se modificó el Código de Tránsito y parcialmente el de Faltas (era de 1994).
“El derecho tiene que ser dinámico, tiene que ir adaptándose a las nuevas modalidades de la vida. La tecnología ha provocado la modificación de los Códigos de Tránsito para atender a nuevas infracciones, como el uso del celular o la Inspección Técnica Vehicular (ITV), que antes no existían”, aclara Paschetto.

@ El valor actual

Cruzar un semáforo en rojo equivale a 600 UM (hoy 3.839 pesos, ya que la nafta súper de YPF cuesta 6,399 pesos), antes de la actualización de enero pasado, eran 360 UM.
La falta de casco reglamentario era de 100 UM y hoy pasó a costar 200 UM (1.279 pesos).
La multa por falta de ITV equivale a 120 UM (767 pesos) si es antes de los seis meses de vencida, ahora, si el ITV lleva vencido más de seis meses, son 180 UM (1.151 pesos).
La multa por no usar el cinturón de seguridad es de 120 UM, conducir con un grado de alcohol por encima de lo permitido son 600 UM y estacionar mal, 100 UM.
El no pago del estacionamiento tarifado se multa con 100 UM, en este caso, en virtud de una disposición del Código de Tránsito, le permite al juez la reducción de una tercera parte, aunque no lo obliga. Entonces el infractor puede llegar a pagar 66 UM.
La falta de documentación se sanciona con 70 UM, transportar menores en la parte delantera del auto, con 120 UM, mientras que el exceso de velocidad cuesta 400 UM.
En tanto, circular sin seguro en moto se pena con 150 UM y si es en auto, con 200 UM.
Las faltas graves, como cruzar el semáforo en rojo, conducir con un nivel de alcohol en sangre superior a lo permitido, circular con exceso de velocidad y no usar el casco reglamentario tienen, además, la accesoria de la inhabilitación para conducir por 15 días como mínimo.
También hay infracciones que ameritan el secuestro del vehículo, como por ejemplo cuando circula faltándole documentación (tarjeta verde, carnet, seguro, ITV), en el caso de las motos, además, cuando circulan sin casco.
Si el auto es secuestrado, hay que pagar la grúa (145 pesos) y la estadía (4,5 pesos por hora), en el caso de las motos, hay que pagar el acarreo (86 pesos) y la estadía (dos pesos por día). Para retirar hay que presentar la documentación personal y la del vehículo.
En el caso de que el vehículo haya sido secuestrado por falta de revisión técnica, hay que presentar el turno del ITV, el Libre Deuda municipal, seguro, tarjeta verde y Licencia.

@ Los pasos a seguir

Cuando alguien comete una infracción tiene dos opciones: reconocerla y pagarla de contado en forma voluntaria o formular un descargo.
El pago voluntario tiene un 25% de descuento sobre el mínimo.
Si no se opta por esto, el infractor tiene el derecho de presentar un descargo y ofrecer la prueba que considere legítima para la defensa de sus intereses, dentro de los cinco días hábiles. Conjuntamente con el escrito del descargo debe acompañarse Licencia de Conducir o DNI y la documentación del vehículo, tarjeta verde, seguro, ITV.
Dentro de las posibilidades que tiene el juez para resolver está el aplicar una sanción de multa, una sanción de apercibimiento o sobreseer.
El apercibimiento es un llamado de atención, una amonestación que queda como antecedente, pero no tiene una multa en dinero. Si se sobresee, no quedan antecedentes ni hay multas, se libera de toda responsabilidad.
En cambio, cuando hay sanción de multa, el infractor debe abonar las UM que determine el juez, más entre un 10% y un 20% de costos administrativas y ya no rige el 25% de descuento.
Para abonar la multa el Juzgado de Faltas permite gestionar un plan de pago que normalmente no supera las tres cuotas, aunque excepcionalmente y bajo un riguroso estudio de las condiciones económicas del infractor, pueden llegar a estirarse.
“La multa tiene una finalidad coercitiva para que no se vuelva a cometer la falta”, explica el juez, refiriéndose a los plazos de pago.
En el caso de que la persona multada no pague, después de 60 días la causa se remite a la Procuración municipal para que el cuerpo de abogados inicie las acciones extrajudiciales, primero, y las judiciales después. En ese caso ya no es más el monto de la sanción más el 10% de costas, sino que se suman gastos administrativos y honorarios del procurador. En algunos casos se demanda judicialmente, lo que implica gastos superiores.
Cuando aun así la deuda queda impaga, se informa al Registro Automotor para cuando quiera venderse el vehículo y, además, no se le permite al deudor renovar la Licencia de Conducir.
Todo el dinero que se recauda por las multas va a las arcas municipales.

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