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Fernando “Dani” Sánchez recibió una condena que lo dejará en la cárcel hasta por lo menos mediados de abril del año próximo. Su eventual “libertad condicional”dependerá de una pericia psicológica |
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La Justicia Penal de Villa María declaró ayer culpable a un vecino de la ciudad de Oliva acusado de haber manoseado a un menor de su entorno familiar y le impuso una pena de tres años y tres meses de prisión que lo dejará en la cárcel hasta -por lo menos- mediados de abril de 2013.
La incorporación por su lectura de casi toda la prueba testimonial permitió que el proceso oral finalizara antes de lo previsto y, a la hora de los alegatos, el fiscal de Cámara subrogante, Horacio Vázquez, consideró que Fernando Daniel Sánchez había cometido el delito de “abuso sexual simple agravado por el vínculo”.
Sánchez, de 42 años de edad, llegó a juicio imputado como presunto autor de “abuso sexual sin acceso carnal gravemente ultrajante” y “corrupción de menores”, delitos por los que podría haber recibido una sanción no inferior a los ocho años de cárcel.
Sin embargo, durante el debate se concluyó que el hecho que se le atribuía encuadraba en la figura legal por la que terminó siendo condenado. En efecto, se trató de un caso de “tocamientos y manoseos impúdicos” de los que fue víctima un chiquito que tenía 3 años al momento de producirse el episodio en cuestión, allá por diciembre de 2010.
El agravante del delito estuvo dado en que el menor integra el entorno familiar de Sánchez, quien fue denunciado por su ex pareja, madre del niño abusado. Del mismo modo, la ausencia de antecedentes le permitió acceder a una condena levemente superior al mínimo previsto por la ley para dicho ilícito, que es reprimido con prisión de tres a 10 años.
La detención
“Dani” Sánchez se encuentra detenido desde el 14 de diciembre de 2010 y, como mínimo, continuará entre rejas hasta mediados de abril de 2013, fecha en la que completará dos años y cuatro meses de prisión, es decir los dos tercios de la pena impuesta necesarios para requerir la “libertad condicional”.
No obstante, cuando el condenado esté en condiciones legales de solicitar dicho beneficio excarcelatorio, el Juzgado de Ejecución Penal evaluará si se la concede, previo dictamen de peritos psicólogos pertenecientes al Equipo Técnico del Poder Judicial de la provincia de Córdoba.
En la audiencia de la víspera estaba previsto que comparecieran cuatro testigos, pero antes de que se iniciara el debate el fiscal Vázquez y el abogado defensor de Sánchez, Juan Antonio Rusconi, acordaron renunciar a sus declaraciones para abreviar el proceso.
De ese modo se decidió incorporar por su lectura esos cuatro testimonios y los de otras 15 personas que también habían declarado durante la instrucción de la causa, tarea que estuvo a cargo de la Fiscalía de la ciudad de Oliva.
Seguidamente el acusador público (remplaza al titular del Ministerio Público, Francisco Márquez, quien se encuentra de licencia por compensación de Feria) acusó a Sánchez por “abuso sexual simple agravado por el vínculo” y pidió la pena finalmente impuesta por la camarista Silvia Saslavsky de Camandone, luego de que la Defensa adhiriera a dicho planteo.
Como se trató de un hecho de instancia privada, en el que la víctima es una criatura menor de edad, el juicio se realizó a puertas cerradas, sin acceso del público ni de los medios de prensa.
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