El Gobierno cordobés implementará acciones y programas que generen oportunidades de reinserción socio-laboral a las víctimas de trata de personas y de explotación sexual y laboral.
La titular de la Secretaría de Asistencia y Prevención de la Trata de Personas, María Amelia Chiófalo, y el presidente de la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional, Juan Grosso, firmaron un convenio-marco de cooperación.
“La finalidad en común es atender a los grupos vulnerables, darles posibilidades para su formación, capacitación, inserción y, en otros casos, de reinserción laboral”, explicó Chiófalo durante el acto.
En el mismo sentido, la funcionaria subrayó que “estos grupos vulnerables nos demandan y requieren una mayor atención y oportunidades que, como sociedad, en su momento no les hemos podido dar”.
“Hay que restituirles la libertad, la igualdad y la posibilidad de que puedan desarrollar un proyecto de vida libre, autónomo, que los dignifique y que les pueda otorgar la calidad de vida que les fue arrebatada por tratantes, proxenetas y explotadores en una sociedad que mira para otro lado”, enfatizó Chiófalo.
Entre las principales acciones previstas está la creación de un equipo interdisciplinario, la Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ), que será la encargada de controlar el cumplimiento del presente convenio y garantizar el acompañamiento tutorial de las víctimas en el desarrollo de los programas que se formulen.
Los programas y acciones que se implementen serán destinados al universo de víctimas de “trata de personas y explotación sexual y laboral” que específicamente establezca la Secretaría, cuya intervención deberá producirse en todas las fases desde la detección de la víctima hasta su recuperación.
En junio pasado, el Gobierno provincial sancionó una ley que, entre otras medidas, prohíbe el funcionamiento de whiskerías, es decir, de lugares “abiertos al público o de acceso al público en donde se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o, de cualquier modo, se faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad”.
En la prohibición queda incluido “todo lugar en donde bajo, cualquier forma, modalidad o denominación se facilite, realice, tolere, promocione, regentee, organice, desarrolle o se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena, hayan prestado o no su consentimiento para ello las personas explotadas y/o prostituidas y/o que se prostituyen”.
La Ley, mediante una modificación al Código de Faltas de Córdoba, también prevé “60 días de arresto, no redimible por multa, a quienes violen la prohibición dispuesta de instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración y/o explotación” de “whiskerías, cabarés, clubes nocturnos, boites o establecimientos y/o locales de alterne”.
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