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15 de Septiembre de 2012
Nuevos criterios para subdividir campos
Redefinieron las unidades productivas
Por disposición de la provincia, se actualizaron los criterios para definir una unidad productiva mínimamente rentable que se extiende hasta 100 hectáreas en campos sin mejoras. Esto permite agilizar la subdivisión de campos
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El Mi­nis­te­rio de Agri­cul­tu­ra, Ga­na­de­ría y Ali­men­tos ac­tua­li­zó los cri­te­rios pa­ra la de­ter­mi­na­ción de las uni­da­des eco­nó­mi­cas en zo­nas ru­ra­les. Con es­ta me­di­da, se evi­ta­rán pro­ble­mas en la sub­di­vi­sión de la pro­pie­dad in­mue­ble ru­ral.
La nue­va re­gla­men­ta­ción  es­ta­ble­ci­da en la Re­so­lu­ción 194/2012, dis­po­ne que las par­ce­las con ex­plo­ta­ción agro­pe­cua­ria in­ten­si­va de­be­rán con­tar con una su­per­fi­cie mí­ni­ma de cin­co hec­tá­reas y me­jo­ras ati­nen­tes a los tra­ba­jos; en aque­llas des­ti­na­das a la ex­plo­ta­ción ga­na­de­ra, con me­jo­ras, la su­per­fi­cie mí­ni­ma se­rá de 30 hec­tá­reas; las par­ce­las des­ti­na­das a una ex­plo­ta­ción agrí­co­la ex­ten­si­va, con sus me­jo­ras, de­be­rán con­tar con una su­per­fi­cie mí­ni­ma de 15 hec­tá­reas y, fi­nal­men­te, en los pre­dios sin me­jo­ras, la su­per­fi­cie mí­ni­ma se­rá de 100 hec­tá­reas.
“Era ne­ce­sa­rio ac­tua­li­zar los cri­te­rios de de­fi­ni­ción de la Uni­dad Eco­nó­mi­ca Agra­ria. Hay que te­ner en cuen­ta que la ley re­fe­ri­da a las sub­di­vi­sio­nes ru­ra­les es del año 1972, y las co­sas han cam­bia­do mu­cho, la pro­duc­ti­vi­dad de los cam­pos ha su­fri­do mo­di­fi­ca­cio­nes en com­pa­ra­ción con la si­tua­ción de co­mien­zos de los 70, cuan­do se dic­tó la ley. An­tes só­lo se to­ma­ba en cuen­ta el ti­po de sue­lo y la su­per­fi­cie del es­ta­ble­ci­mien­to pa­ra de­ter­mi­nar la ren­ta­bi­li­dad, pe­ro aho­ra hay que po­ner en con­si­de­ra­ción va­ria­bles co­mo la in­cor­po­ra­ción de tec­no­lo­gía, la ro­bo­ti­za­ción, el rie­go por go­teo, el si­lo bol­sa, los ade­lan­tos ge­né­ti­cos, bio­ló­gi­cos, quí­mi­cos y la in­ten­si­fi­ca­ción de al­gu­nas ac­ti­vi­da­des agro­pe­cua­rias”, ex­pli­có el ti­tu­lar de la car­te­ra agro­pe­cua­ria, Nés­tor Sca­le­ran­di.
Uni­dad Eco­nó­mi­ca Agra­ria es la por­ción mí­ni­ma de un pre­dio ru­ral que pue­de ser pro­duc­ti­va­men­te ren­ta­ble y que ase­gu­re el equi­li­brio eco­nó­mi­co de la em­pre­sa agra­ria. An­tes de es­ta re­so­lu­ción, di­cha uni­dad se de­ter­mi­na­ba a tra­vés de una va­lo­ra­ción del ti­po de sue­lo: si el pre­dio te­nía 200 hec­tá­reas de ex­ten­sión y la uni­dad de­fi­ni­da era de 150 hec­tá­reas, no se po­día dis­po­ner de ese te­rre­no pa­ra sub­di­vi­dir­lo, por ejem­plo.
La re­so­lu­ción mi­nis­te­rial in­di­ca tam­bién que no se po­drán in­cluir en las li­mi­ta­cio­nes de su­per­fi­cie las par­ce­las des­ti­na­das a vi­vien­das ru­ra­les, ca­sas de fin de se­ma­na, ex­plo­ta­ción tu­rís­ti­ca o des­ti­nos co­mer­cia­les no agro­pe­cua­rios.
“Con es­to es­pe­ra­mos li­be­rar a una can­ti­dad enor­me de pro­pie­da­des que hoy no pue­den sub­di­vi­dir­se. Por ejem­plo, si una pro­pie­dad de 100 hec­tá­reas tie­ne más de un due­ño, no se pue­de dis­po­ner de la mis­ma si el 100% de los pro­pie­ta­rios no es­tá de acuer­do con el des­ti­no que se pre­ten­de del te­rre­no. No pue­den ven­der­lo, no pue­den ac­ce­der a cré­di­tos, no pue­den rea­li­zar nin­gún em­pren­di­mien­to. Con es­ta ac­tua­li­za­ción eso se fle­xi­bi­li­za”, fi­na­li­zó Sca­le­ran­di.
 
 

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