El presidente de la Asociación Profesionales Optómetras, en representación de todos los profesionales que la integran, solicitó derecho a réplica en relación a la nota publicada meses pasados por Raúl Eloy Baigorrí, titulada "Optometría: una práctica médica".
En el artículo mencionado, publicado el 17 de julio, Baigorrí sostenía que “desde hace muchos años se intenta que prácticas que son afines con nuestra profesión sean realizadas por personal técnico con escasa formación y muy parcializada, incluso rayando con el ejercicio ilegal de la Medicina, queriendo recetar anteojos sin haber estudiado Medicina”.
Hugo Alberto Farhat expresa en su contestación al médico local lo siguiente:
"Toda persona afectada por información inexacta o agraviante emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene el derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley" (Pacto de San José de Costa Rica).
La nota referida es en sí misma una total y grosera falacia. Y no es ingenua, sino muy intencional.
Los centros de Oftalmología, agrupados en el Consejo Argentino de Oftalmología, vienen divulgando informes y comentarios mendaces, arbitrarios, reñidos con la moral y la ética profesional. Desde hace más de una década se han dedicado a obstruir el avance de la ciencia y de la tecnología, defendiendo sus propios intereses crematísticos, importándoles muy poco la salud visual de la población.
El reconocimiento oficial y la validez nacional de los títulos de Optico y Contactólogo han sido aprobados por el Ministerio de Educación de la Nación, el 25 de enero de 2007 por Resolución número 90. Con la aprobación de las incumbencias del optómetra por dicho ministerio, las competencias de cada especialidad han quedado bien diferenciadas y establecidas y no deja lugar a malas interpretaciones.
El optómetra formula la ayuda óptica correspondiente para el uso de anteojos correctores, lentes de contacto, que el paciente debe adquirir en una casa de óptica habilitada, ejerciendo las incumbencias profesionales que su título le habilita.
Es importante poner de manifiesto que COPBA, el colegio profesional que reúne la matrícula de ópticos y optómetras de la Provincia de Buenos Aires, ha dispuesto un formulario preimpreso para que el optómetra entregue la fórmula optométrica que deberá ser completada con los datos del paciente, edad, tipo de corrección recomendada, controles estipulados, derivaciones y observaciones.
Este formulario contiene la dirección del sitio web donde se pueden verificar los datos del profesional firmante. Este formulario fue constatado también en la Carpa Sanitaria el 31 de agosto de 2012.
Los profesionales optómetras, debidamente matriculados en el colegio profesional que reúne la matrícula de ópticos y optómetras de la Provincia de Buenos Aires han sido incluidos en el equipo sanitario en las estrategias que lleva adelante el Gobierno Nacional y Provincial en el Tren Sanitario y la Carpa Sanitaria, convocados por la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, respectivamente.
La Optometría es una profesión que existe en la Argentina y en el mundo globalizado en el que vivimos y es ampliamente reconocida. En nuestro país, por todas las presiones que ha sufrido para alcanzar su status actual de Licenciatura en Optometría y con alumnos cursando el Doctorado en Optometría, se ha iniciado como disciplina de Nivel Superior en instituciones privadas, que otorgaron títulos oficiales con validez nacional, como los que ostentan los profesionales que casualmente fueron acusados de ejercer ilegalmente la Medicina, y todos fueron sobreseídos tanto en la provincia de Buenos Aires como en la provincia de Río Negro.
A pesar de las intenciones de las agrupaciones gremiales explicitadas anteriormente, todas las acciones penales iniciadas acusando a los optómetras principalmente y al colegio profesional que reúne la matrícula de ópticos y optómetras de la provincia de Buenos Aires por ejercicio o instigación al ejercicio ilegal de la Medicina (artículo 208 del Código Penal) han sido desestimadas y en todos los casos los optómetras y el colegio profesional fueron sobreseídos total y definitivamente.
La Optometría existe, se estudia y se ejerce en el mundo entero. Es una realidad insoslayable. Esta es la cuestión que los grupos gremiales que difaman la profesión, se niegan a aceptar".