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14 de Diciembre de 2008
Transitando los caminos de la historia - Nota 158
Los primeros controles municipales del tránsito
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Jesús Chirino

Las tierras en que se desarrolló Villa María, desde tiempos remotos, han sido lugar de tránsito. El vado en el río, la posta y más adelante, ya fundada la Villa, los trazados ferroviarios continuaron haciendo de este lugar un espacio geográfico por el cual el tránsito de diferentes vehículos, transportando personas y mercaderías, ha sido una constante. Rescatando algo de la información incluida en un informe realizado hace unos años por quien subscribe esta nota, rescatamos datos de la actividad del municipio en el control del tránsito.

Los primeros controles

Hablando a partir de la existencia del municipio autónomo encontramos que el quinto día del mes de enero de 1884, el ministro de Gobierno, Justicia y Culto de la provincia de Córdoba, dirigió una nota al intendente de Villa Nueva haciendo mención al “impuesto de los carros” cobrado por la Municipalidad de Villa María. La flamante Administración municipal local creada en 1883, recordemos que antes el municipio era departamental, aplicaba los mencionados gravámenes a los carros que transportaban mercaderías hasta la estación ferroviaria.

Un año después, en marzo de 1885, Pedro Viñas, primer intendente villamariense, se comunicó por carta con Manuel Molina, jefe comunal de la vecina Villa Nueva, reclamando copia de la ordenanza municipal mediante la cual se fijó impuestos a los vehículos, sancionada el 27 de febrero del mismo año. La norma legal referida, en el mencionado artículo establecía que los vehículos de Villa María que circularan por Villa Nueva debían pagar, de manera obligatoria, “derecho de piso y de tablilla”. Este tema originaba conflicto entre las dos administraciones municipales. El mencionado artículo 5º señalaba que “En virtud del tráfico continuo y existente entre Villa Nueva y Villa María y la gran aproximación en que están ubicadas las dos Villas que forman, en realidad, una sola población dividida por el río, y es por esta razón imposible la vigilancia con los infractores de las ordenanzas municipales sobre impuestos a rodados; quedan sujetos a las disposiciones que establecen los artículos anteriores toda clase de rodado existente en el radio de Villa María que transite por las calles de Villa Nueva”. Es decir el municipio de Villa Nueva no quería perder de cobrar sus impuestos de “tablilla” y de “patente” a los rodados. Pero en Villa María, ferrocarril mediante, se producía el mayor trasbordo de cargas, cuestión por la cual el municipio local adquiría la preferencia de los propietarios de vehículos de la zona a la hora de pagar esas cargas tributarias. Las autoridades de la vecina localidad no querían perder capacidad recaudatoria por ese particular, de allí la letra de la ordenanza en cuestión. Con el tiempo el conflicto fue encontrando su solución.

Patentes y
normativas

Para 1896 ya encontramos pruebas documentales de las compras, por parte del municipio, de chapas patentes a un costo de siete pesos moneda nacional. La empresa proveedora era la firma “Orzali, Bellabamba y Cía.”.
Para inicio del Siglo XX comienzan a aparecer normativas como la ordenanza dictada en agosto de 1907 prohibiendo la circulación de bicicletas por la plaza Independencia. Bernardino Calvo, en “Historia de Villa María y sus barrios” señala que para 1914 Villa María, que aún no era ciudad, contaba con doce vehículos automotores particulares. La circulación de estas nuevas máquinas por las calles locales hizo necesario que se dictara ordenanza como la de 1916 estableciendo que “la marcha por calles” sería “al trote de los caballos, para los coches y para los automóviles a razón de 14 kilómetros por hora”.

Infracciones
de tránsito

El veintiocho de noviembre de 1928, según una nota de la jefatura política dirigida al intendente municipal, el ciudadano Federico Acuarone con su vehículo con patente 2803 de Rosario, desarrolló una “excesiva” velocidad a las once de la noche. El propio jefe político Ernesto Díaz personalmente ordenó el procedimiento quedando el automóvil secuestrado a disposición del intendente. El día catorce del mes siguiente siendo las 19.30 horas, la policía constató que el vehículo marca Chevrolet, con chapa local Nº 672, corría a “gran velocidad” por las calles Mitre y Buenos Aires.
En el mismo mes se encuentra el escrito mediante el cual el ciudadano Carlos Ponce presentó su descargo ante el municipio que le había intimado para que pagara, antes de las 48 horas, veinticinco pesos por una infracción a la ordenanza de tránsito.
Otro antecedente que surgen de las notas elevadas al intendente es que en noviembre de 1929, Alberto Puente solicitó que se le otorgara un permiso a su hijo de quince años de edad, a fin de que pudiera manejar el coche marca Ford. El padre señala que esa misma mañana un agente de policía le había llamado la atención al menor cuando se encontraba al volante del vehículo.

Oficina municipal de tráfico

Al año siguiente, mediante el decreto 60, se prohibió “el tránsito de carros y vehículos pesados por la avenida Costanera y calle Pasteur”, disponiéndose que los infractores a la norma legal abonaran una multa de diez pesos moneda nacional. En 1931 otro decreto, el 149, fijó un plazo perentorio para obtener el carné de conductor de automóviles. Por su parte el intendente Parajón Ortiz, el 19 de octubre de 1933, mediante el decreto 203 creó la “Oficina de Tráfico y Policía Municipal, con dependencia exclusiva de la Intendencia municipal”.
Por el mismo decreto se nombró a Guillermo Sauders como encargado de la repartición y al subinspector Angel Agatiello para que desempañara funciones en estas oficinas.

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