Escribe: Roberto Fermín Bertossi
Transcurría el mes de diciembre de 2012 en la ciudad de Mar del Plata cuando ante nuevos cortes de luz, el dirigente lucifuercista José Rigane denunció: "La historia se repite igualando lo sucedido el verano pasado debido a la falta de políticas serias y permanentes para el sistema eléctrico nacional". También agregó: "Mientras se sigan aplicando políticas energéticas mediocres que sólo sirven como negocios para unos pocos, la solución para millones (de usuarios) también será mediocre", sentenció.
Con el inicio del mes de febrero de 2013, el Gobierno nacional reconoció finalmente las irregularidades e ineficiencias crónicas que presenta el servicio público de la energía eléctrica, admitiendo explícitamente que hubo alrededor de unos dos mil cortes de luz, sólo en el área metropolitana.
Si bien el ministro Julio De Vido salió a reconocer esta cifra de afectados -infinitamente inferior al real-, no obstante ello, ahora culpó a otra previsible ola de calor.
Más allá de fastidiosos padecimientos de los usuarios argentinos, quedó desnudada una absoluta incapacidad de previsión y prospectiva respecto de elementales tendencias ecológicas y demográficas, así como una total desaprensión respecto a esenciales programas de inversión para mantenimiento y expansión tanto como de obvios planes de contingencias, etcétera.
Esto, al fin y al cabo, no es otra cosa que la ausencia inexcusable de toda regulación, control y sanción conforme lo previsto en el artículo 42 y cc. de nuestra Constitución Nacional, (CN).
Así se alimentan, explican y predicen protestas diversas de personas-ciudadanos-vecinos-usuarios-contribuyentes que se vienen expresando de una u otra manera, cansados y agobiados por tanta anomalía y mancillamiento de su dignidad humana.
Entonces, está largamente justificada una formal declaración de emergencia en la prestación/distribución del servicio eléctrico por parte de empresas concesionarias bajo supervisión de los entes y agencias reguladoras.
En consecuencia y necesariamente, el Estado nacional deberá desarrollar y financiar sin demora todas las políticas públicas tendientes a asegurar la mejor atención ininterrumpida del este vital servicio eléctrico a todos los argentinos, inicialmente contratando internacionalmente generadores (sin arrebatárselos a las provincias) y adoptando medidas o mecanismos técnicos que permitan aumentar la capacidad de generación, transporte y distribución de energía eléctrica en todos aquellos hogares argentinos donde este suministro está en crisis y expuesto a todo “costo de falla”, exhibiendo una y otra vez e irresponsablemente todos los riesgos/perjuicios de su suspensión, discontinuidad e interrupción dada su pésima calidad, (artículo 42, CN).
Como la mayoría de los argentinos sabemos, el suministro de energía eléctrica en los últimos años no ha podido prestarse de forma tal que asegure a los usuarios (indefensos) un confiable suministro, lo que se agudiza más aún en épocas estivales. Cortes prolongados, pérdidas materiales, lucros cesantes, reclamos de vecinos (especialmente de enfermos, niños y ancianos que habitan edificios altos) son ya una constante afrentosa.
Cooperativas
Respecto de estas empresas solidarias de la economía civil que prestan servicio eléctrico en todo el interior del país, las mismas le compran la energía al Estado (Vg. Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Catamarca, Tucumán, Río Negro, Neuquén, etcétera) y, cuando éste no puede satisfacer su propia demanda, les termina restringiendo y a veces cortando el suministro del principal insumo, por lo que el problema se da no sólo en las localidades donde presta directamente servicio el Estado y/o empresas bajo su concesión, regulación y control, sino también en aquellas en que el servicio es suministrado tradicionalmente por estas cooperativas, urbanas y rurales.
Estos y otros problemas puntuales que se multiplican y replican en todo el ámbito de la geografía argentina, acreditan y justifican la urgente necesidad de declarar la emergencia eléctrica nacional, emergencia que ya cuenta con sobrados antecedentes nacionales (decretos 5/89 y 1374/90) y provinciales, Vg. Tucumán, Ley 8.342, etcétera)
A todas luces, será irrazonable esperar otro enorme apagón y sus perjudiciales consecuencias como el que originó la sanción y promulgación de la Ley 24.999 (Defensa del consumidor/daños y perjuicios) o, el más reciente del mes de noviembre que derivó en otra sanción millonaria e infructuosa a las empresas Edenor y Edesur.
Finalmente, la ausencia irresponsable de planificación e inversión en infraestructura eléctrica, como la ineficiencia y complicidad del Ente Nacional de Regulación Eléctrico (ENRE) acreditan las peores similitudes entre la denostada década de los 90 y la última transcurrida a la fecha.
Constitución Nacional:
Artículo 42: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.
Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.
La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos; y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas en los organismos de control”.