Un camionero fue condenado ayer a cuatro años de prisión por un típico caso de violencia de género que tuvo como víctima a su concubina, al cabo de un proceso oral y público en el que el agresor admitió el hecho, aunque dijo que no había querido matarla.
Mauricio Fabián Loza, de 34 años de edad, fue declarado autor penalmente responsable de los delitos de “lesiones leves”, “amenazas”, “coacción agravada” y “agresión con arma” y zafó de recibir una condena más severa porque no se pudo establecer fehacientemente la imputación de “tentativa de homicidio” con la cual llegó a juicio.
Loza, alias “Buby”, nacido en la ciudad de Oliva el 25 de febrero de 1979, pero domiciliado en Villa María desde hace más de una década, fue detenido el mismo día en que apuñaló a Patricia Valeria Carriazo, de 31, el sábado 5 de mayo de 2012.
La agresión se produjo en medio de una virulenta disputa verbal entre ambos porque la mujer pretendía terminar la relación, a lo que el irascible transportista respondió con insultos, golpes de puño y, finalmente, dos puntazos en las costillas de Carriazo, quien milagrosamente sólo sufrió lesiones de carácter leve.
Se entregó
Tras los hechos, producidos en la vivienda que la pareja ocupaba en Parajón Ortiz 915, en barrio Carlos Pellegrini de Villa María, Loza le avisó a una vecina que había apuñalado a su mujer y luego llamó a la Policía para entregarse.
Carriazo fue auxiliada por una dotación del Cuerpo de Bomberos Voluntarios y trasladada hasta el Hospital Regional Pasteur, donde se le practicaron las curaciones correspondientes y permaneció internada hasta el día siguiente, cuando se le dio el alta porque las lesiones no revestían gravedad.
Sin embargo, desde un comienzo del proceso, el camionero fue acusado por el fiscal que instruyó la causa como presunto autor de “homicidio en grado de tentativa”, un delito que tiene una escala penal que va de los cinco años y cuatro meses hasta los 12 años y medio de prisión.
Cambio de calificación legal
Sin embargo, durante la audiencia de debate de la víspera el fiscal de Cámara, Francisco Márquez, consideró que no se había podido probar con el grado de certeza suficiente que Loza haya querido dar muerte a su pareja, más aún al tenerse en cuenta que las heridas sufridas fueron de carácter leve y que, pese a tener la posibilidad de asestarle más puñaladas con fines letales, el violento sujeto cesó en su agresión, salió de la vivienda y se entregó a la Policía.
La confesión lisa y llana de los hechos por parte del acusado posibilitó que el juicio se abreviara en su desarrollo y no se receptaran pruebas testimoniales en la sala, aunque al momento de prestar declaración Loza aclaró que no había querido dar muerte a su concubina.
En su alegato, el fiscal Márquez solicitó el cambio de calificación legal y pidió la pena finalmente impuesta por la camarista Silvia Saslavsky de Camandone, previo acuerdo del abogado defensor Eduardo Rigalt.
La condicional
De esta manera, el camionero deberá completar como mínimo dos años y ocho meses entre rejas para, recién entonces, solicitar la “libertad condicional”. Sin embargo, para que se le conceda dicho beneficio, deberá observar buena conducta durante todo el período de detención y poco antes de la excarcelación tendrá que someterse a una pericia psicológica para evaluar si se encuentra en condiciones de reinsertarse socialmente.
Así las cosas, Loza permanecerá en la cárcel hasta por lo menos los primeros días de enero de 2015.
Otra agresión
Cabe señalar que, además de la agresión a puñaladas registrada hace 11 meses, Loza fue juzgado por un hecho de violencia doméstica, también en perjuicio de su pareja, ocurrido el 27 de octubre de 2010 en la casa que por entonces ocupaban en Intendente Reyno 248, en barrio Nicolás Avellaneda.
Allí, tras una discusión por cuestiones de celos, el camionero le aplicó a Carriazo un golpe de puño en la boca, luego le pegó en el abdomen con un palo de escoba y finalmente una cachetada, provocándole lesiones leves (contusión y hematoma).
Finalmente, debe señalarse que Loza no registraba antecedentes penales y la de ayer fue su primera condena, motivo por el cual podrá solicitar el beneficio excarcelatorio de la “libertad condicional”, aunque bajo las condiciones antes descriptas.