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23 de Abril de 2013
Canje de Plaza Ocampo - Resolución del juez Alberto Domenech
Declaró la inconstitucionalidad y nulidad de la Ordenanza 6.434
El fallo del magistrado fue dado a conocer ayer por los ciudadanos que interpusieron la acción de amparo para evitar que la “Placita” pase a manos privadas a cambio de un estadio deportivo
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Delfín Polack y Omar Rabaglio dan a conocer la decisión judicial

 

El juez de Primera Instancia y Cuarta Nominación en lo Civil, Comercial y Familia Alberto Ramiro Domenech resolvió “declarar la inconstitucionalidad y nulidad de la Ordenanza 6.434”, norma que dispone desafectar del dominio público a la Plaza Ocampo y darla en pago por la construcción de un parque deportivo y recreativo.
El fallo del magistrado local fue dado a conocer ayer por los promotores de la acción de amparo Delfín Polack y Omar Rabaglio, bajo el patrocinio del letrado y diputado nacional Jorge Valinotto.
La copia de la resolución y sus fundamentos fue entregada a la periodista de EL DIARIO por los dos ciudadanos que decidieron tiempo atrás presentar la acción en sede judicial para evitar que “un bien público y de significativo valor histórico” sea permutado.
En uno de los párrafos de la extensa fundamentación el juez concluye, tras una serie de estudios y verificaciones de los documentos históricos, que “la Plaza Manuel Anselmo Ocampo es una plaza pública con una obra púbica para utilidad o comodidad común en los términos del artículo 2340 del Código Civil”.
“Que es característica propia de los bienes en dominio público, que son inenajenables e inalienables, o sea, que el propio destino de las cosas públicas impide que sobre éstas haya posibilidad de disponer. Ello significa que están totalmente fuera del comercio privado, pero que no están totalmente fuera del comercio jurídico”, expresó.
Por otra parte, el juez precisó que “las normas legislativas para asumir validez constitucional deben reconocer un principio de razonabilidad que disipe toda iniquidad”.
“Para saber si hay proporción razonable entre una medida y su finalidad, no basta examinar si la elegida es conducente a ese fin, porque resulta indispensable añadir que entre varias medidas igualmente idóneas no se haya optado por la que resulta más gravosa a los derechos.
Escudriñar sobre esto último no es juzgar sobre la conveniencia, sobre el acierto o sobre la oportunidad, sino sobre la razonabilidad”, indicó el juez en otro pasaje del escrito.
En sus fundamentos, Domenech recuerda el dictamen del Ministerio Fiscal que señaló que “si el Tribunal constata la iniquidad manifiesta del acto de la administración, corresponde declarar su inconstitucionalidad, que es efectivamente lo que ha quedado demostrado”.
Uno de los capítulos de la polémica que se desató por la presentación del amparo para preservar en el dominio público a Plaza Ocampo terminó ayer. Pero los trámites judiciales continuarán.
El Gobierno local se encargó de cuestionar con dureza al legislador Jorge Valinotto por esta cruzada que emprendió en defensa del patrimonio público. Hubo cruces de palabras, idas y vueltas.
Hoy, una de las instancias judiciales hizo oír su voz a través de una resolución que colmó de expectativas a los demandantes.
Ahora, el municipio apelará la decisión (ver recuadro “Apelación”). Pero eso ya será parte de un nuevo capítulo.
 
Apelación
Anoche, las autoridades municipales enviaron un comunicado para remarcar que van a apelar la resolución del juez Alberto Domenech que declara la inconstitucionalidad de la ordenanza que abrió la puerta al canje de Plaza Ocampo por un estadio.
En el escrito, remitido a nuestra Redacción, aclararon que tomaron conocimiento de la decisión judicial “a través de versiones periodísticas”.
“La Municipalidad no comparte la decisión judicial y por tal motivo apelará el fallo”, indicó el parte.
 Seguidamente, aclaró que  “tal como lo adelantara el municipio de manera inicial al igual que el querellante, la cesión de la Plaza Ocampo como parte de un proyecto integral que incluye la construcción de un Parque Deportivo y Recreativo, se resolverá en instancias jurídicas superiores”.
“El Departamento Ejecutivo Municipal ratifica que presentará la respectiva apelación judicial en la Cámara Civil, Comercial y contencioso-administrativo de Villa María”, señaló aclarando que tiene el  pleno convencimiento de que la Ordenanza Nº 6.434 es constitucional.

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