El Concejo Deliberante declaró Patrimonio Cultural de la ciudad la sede del Independiente Deportivo Social Club.
Por unanimidad, los ediles ratificaron la Ordenanza Municipal 81/2012, dictamen elaborado por la Comisión Municipal de Defensa del Patrimonio Arquitectónico de la Ciudad, que distingue a las "construcciones emblemáticas olivenses como íconos de la herencia cultural propia del pasado de nuestra comunidad, con la que ésta vive en la actualidad y que transmite a las generaciones presentes y futuras" el edificio de avenida Olmos 140-160.
Allí funciona actualmente la sede social de Independiente, la que fue construida por Dante Cassone en el año 1923, por lo que cuenta hoy con 90 años de antigüedad, según los argumentos esgrimidos en el proyecto.
Justificado
En la descripción, indicaron que "la fachada se presenta como de estilo italianizante ecléctico, con pilastras y columnas de estilo jónico y balaustradas en los balcones y en la parte superior se remata con un friso decorado con molduras, que jerarquizan la construcción con refinado gusto y delicadeza".
"Desde la fecha de su construcción funcionó la concesionaria Ford, perteneciente a la familia Cassone, siendo adquirido por el Independiente Deportivo Social Club en el año 1955.
La Sede Social del club fue inaugurada el día 10 de diciembre de 1956 bajo la Presidencia de Sebastián Maglione, resultando desde entonces el epicentro de reuniones sociales de distintas generaciones y albergue de distintos referentes artísticos y culturales de renombre nacional", consideraron.
Plantearon además que "la sociedad olivense en su conjunto reconoce al edificio como un lugar emblemático y de identidad de la ciudad".
Por otra parte, sancionaron que "toda modificación, ampliación, restauración, cambio de uso o de destino, demolición total o parcial o cualquier acción que importe una modificación de sus características arquitectónicas deberá ser previamente autorizada por el Departamento Ejecutivo Municipal a través de sus áreas respectivas, quien determinará su factibilidad y establecerá las condiciones que estime pertinente".
Para tal, "el propietario del inmueble deberá comunicar a la Municipalidad, en forma fehaciente y previa, cualquier modificación a realizarse sobre la situación jurídica del bien, cambio de titularidad, constitución de derechos reales, etcétera", y que la Municipalidad de Oliva, a través de sus organismos pertinentes realizará controles periódicos del inmueble, debiendo elevar informes de las inspecciones con las recomendaciones que estimare pertinentes.
En su articulado, expresa que "en caso de venta del inmueble, la Municipalidad de Oliva tendrá la prioridad en la compra, cuando su oferta resulte conveniente al propietario de la misma, conforme los valores de mercado. En tal caso deberá comunicar las condiciones de la misma en forma fehaciente, con un plazo de anticipación de 60 días".
Finalmente disponen la colocación en la fachada del inmueble de una placa confeccionada en bronce, en la que deberá constar la leyenda “Patrimonio Cultural de la Ciudad de Oliva”, identificación de la presente ordenanza y fecha de construcción.