Escribe: José Naselli (*)
El 25 de noviembre de 2011, por Ordenanza 6.434, el Concejo Deliberante llamó a licitación para la construcción de un “Parque Deportivo y Recreativo”, estipulando, como moneda de pago, “…La transferencia en propiedad del inmueble (hoy propiedad municipal)… donde actualmente se radica la Plaza Municipal de Ejercicios Físicos “Manuel Anselmo Ocampo”.
No encontramos ningún estudio previo, que determine, si la relación entre el producto que se adquiere, y el precio que se paga (prácticamente 2 hectáreas en el corazón de nuestra ciudad) son equitativos, equilibrados o equivalentes.
Se legisló un “trueque” con olor a “cambalache”, que los “mal intencionados de siempre” lo llaman “negocio”, quién sabe por que razón.
Más resulta que dos ciudadanos tuvieron la ocurrencia de presentarse ante un juez, (doctor Alberto Domenech). alegando que la ordenanza-cambalache afectaba derechos constitucionales.
Toda la maquinaria comunicacional del municipio les cayó encima. Aparecieron constitucionalistas “de ocasión” pontificando contra estos dos vecinos y su patrocinante legal. Estos críticos, que, por sus indigentes análisis, parecen haber realizado cursos acelerados de Derecho, además, se transformaron en profetas del fracaso.
Quizás esos mismos censores al servicio del Poder Político de Villa María, creyeron que el juez tomaría el mismo camino de los fiscales locales, que se negaron a investigar al omnipresente Eninder.
Esa “Convicción de impunidad” que los cobija, los llevó a criticar impiadosamente el fallo judicial, y al propio juez que, simplemente, cumplió con su deber, cuando juró defender la Constitución y las leyes.
Y entre los más feroces detractores, nos encontramos con un pretendido “filósofo” de entre casa, que afirmó que el señor juez “se ampara en un formalismo obsoleto”.
O sea, que para este improvisado “intérprete del derecho”, la ley es simplemente un mero formalismo. En su incontinencia, se permite dudar del “sentido común” del fallo, lo que equivale a dudar del sentido común del juez. Con un silogismo falseado por su personal frustración, y en su incapacidad de análisis respecto a la sentencia adversa a sus expectativas, concluye con una torpe inferencia deductiva: “Que ello ocurrió porque el juez sucumbió a la demanda de la oposición”. Pero en el colmo del convencimiento de la “infabilidad” del órgano de gobierno del que forma parte, agrega una frase que raya en el desvarío: el fallo “atenta contra uno de los poderes de la ciudad”.
Este “Profesor” que desde su banca, suele erigirse en “moralista”, explicando que “sofisma” es la mentira vestida con el ropaje de la verdad, todavía no advirtió que, a Dios gracias, todavía existe la ley, y jueces dignos dispuestos a aplicarla, y que la verdad es lo que prevalece. En Villa María también existe una ley suprema, que es la Carta Orgánica Municipal. Pero por la forma y asiduidad conque se la quebranta y atropella, pareciera que tanto para este émulo de Aristóteles, como para su “Numen Inspirador”, sus preceptos son nada más que “un formalismo obsoleto”.
(*) Tribuno de Cuentas