En el año 1919 la oficina del Registro Civil de las Personas, hasta entonces dependiente de la repartición provincial, pasó a ser parte del aparato burocrático municipal. Si bien el municipio venía solventando tanto los gastos de personal como de la oficina en general, a la vez que percibía los ingresos por el pago de estampillas necesarias para realizar los diferentes trámites, las autoridades locales no tenían potestad para dar órdenes a los empleados del lugar. Esto se hizo evidente en un conflicto que terminó impulsando el traspaso de la mencionada oficina.
Decreto y renuncia
El 12 de mayo de aquel año el Gobierno provincial emitió el Decreto 4.116, en el cual puede leerse que “la Intendencia municipal de Villa María, del Departamento Tercero Abajo” remitió una nota solicitando que le “sea entregada la dirección de la Oficina de Registro Civil de dicha Villa, actualmente a cargo del Poder Ejecutivo de la provincia; atento lo dispuesto por el art. 2do. de la Ley de Registro Civil”.
Esa norma legal estableció que la Oficina del Registro Civil pasara a depender “exclusivamente” del municipio local a la vez se ordenó que la Dirección General del Registro Civil dispusiera lo necesario para dar cumplimiento a la norma.
Por entonces Gabriel Plá venía siendo quien estaba al frente de la repartición administrativa que registra los nacimientos, casamientos y defunciones. En mayo 22 de ese mismo año, mediante nota interna de la administración municipal, se le comunicó al intendente la dimisión del mencionado al “cargo de jefe de la Oficina de Registro Civil de esa ciudad”. Ante esa realidad la Oficina provincial del Registro Civil provincial dispuso “que se haga cargo de la misma al señor juez de Paz letrado hasta tanto se designe la persona” para el ejercicio del cargo vacante. Días después, el 3 de junio, el intendente municipal recibió una nota en la cual el juez le comunicó que ese mismo día se había hecho cargo de la oficina transferida al municipio
Empleado provincial
Tiempo antes, se habían producido importantes diferencias entre el renunciante Plá y la Intendencia municipal. Así encontramos que en octubre de 1918 el jefe del Registro Civil le escribió una larga nota al intendente Ramón V. Pérez respondiéndole algunos reclamos que le había realizado el titular del Poder Ejecutivo local. En la misiva Gabriel Plá es muy claro al señalar que el intendente no tiene autoridad para reclamarle ni ordenarle nada. Es más, al principio de la nota dice que le responde “sólo por una atención de cortesía personal, dejando a salvo mi fuero de empleado que no pertenece al personal subalterno de ese D.E. puesto que de él no ha emanado mi nombramiento, sino directamente del Superior Gobierno de la Provincia”. Por si no quedaba claro agrega “soy… un empleado de la provincia y no de la Municipalidad”.
Efectivamente, Plá había sido designado mediante el Decreto provincial 1.583, el 21 de junio de 1917. El primer artículo de esa norma dice “Nómbrase jefe (sic) de las oficinas del Registro Civil de Villa Nueva, Villa María y Arroyo Cabral del Departamento Tercero Abajo a los Sres. Ricardo Zárate, Gabriel Plá y Demetris Torres respectivamente en remplazo de quienes las desempeñaban”.
Razones del conflicto
Lo planteos que el intendente le hizo a Plá estaban referidos a los horarios de atención de la oficina del Registro Civil. Le reprochaba que sólo atendiera por la mañana, de 8 a 11 horas, y no abriera en el turno tarde. Pero quizás los reclamos más importantes eran de otro carácter y puede leérselos en diferentes notas despachada por la autoridad municipal. Una de ellas dirigida al mismo Plá y otra que el intendente remitió al ingeniero Carlos Argañaraz, entonces ministro de Gobierno provincial. En esta última se lee, textualmente: “Sr. ministro: es público y notorio que el Sr. Gabriel Plá, encargado o jefe de la Oficina del Registro Civil, toma parte activa en política…” Parece ser éste el cargo más serio contra Plá. Luego el intendente se explaya en algunas consecuencias de lo que considera un mal desempeño del jefe del Registro Civil. Así prosigue diciendo: “No es esto, solamente, sino que hace abandono de la oficina a su cargo dejándola librada al cuidado de un amanuence (sic), con el perjuicio consiguiente para el púbico que no es atendido en las horas convenientes ni en las formas debida, sucediendo muchas veces que ese mismo amanuence (sic) expide las órdenes a la Tesorería de esta Municipalidad para las sepulturas de cadáveres, sin la firma correspondiente…”. Estos escritos aún pueden leerse pues se conservan en el libro copiador Nro. 30 de las notas del Poder Ejecutivo municipal, atesorados en el Archivo Histórico Municipal.
Ante esta conflictiva situación, el 2 de noviembre de 1918 el intendente le escribe al ministro de Gobierno provincial dando detalles del entredicho y solicitándole que “tenga a bien tomar las medidas que el caso requiere a fin de que el jefe del Registro Civil de esta ciudad, acate las disposiciones de esta Intendencia para lograr un regular funcionamiento de la Oficina”.
Pero la solución no aparecía y el conflicto continuó creciendo de tal modo que también surge cierta desinteligencia entre el municipio y el ministro de Gobierno. Esto puede verse en otra nota que el 4 de noviembre de 1918 el intendente le remitió a la autoridad provincial. Allí le hizo saber que el juez de Paz de Villa Nueva le había comunicado que se hacía cargo del Registro a partir de una resolución provincial de la cual la Intendencia no había sido notificada. Lo habitual era que el intendente fuera debidamente noticiado por el Gobierno provincial de todo aquello relacionado con la repartición en cuestión, pero esa vez, en medio del conflicto con Plá, el intendente veía cómo se habían cambiado las cosas sin que él se enterara sino después de que los hechos se concretaran. De todas maneras, y más allá de la susceptibilidad del poder local, el remplazo en el Registro fue algo transitorio. Tres días después, el 7 de noviembre, el intendente le comunica al jefe Plá que labre el acta de defunción respectiva del “extinto Amadeo Villafañe”.
Siguieron los reclamos
El conflicto continuó desarrollándose sin que llegara solución alguna. Así, el 25 de noviembre de 1918, el intendente volvió reclamar ante el Ministerio de Gobierno, que para entonces ocupaba Gregorio N. Martínez. El planteo era el mismo, pedía que los empleados del Registro Civil respondieran a la autoridad del municipio. Pero las respuestas del Gobierno provincial no llegaron y el 23 de diciembre de 1918, mediante una breve nota manuscrita, el intendente pidió que le contestaran alguna de sus anteriores misivas.
El feje comunal no cesó con su reclamo y el 12 de mayo de 1919, el mismo día en que se fechó el decreto de transferencia del Registro Civil al municipio, volvió a escribir al Ministerio de Gobierno exponiendo como antecedente lo que sucedía en otra localidad cordobesa. En esa nota el intendente escribió: “Una repartición tan importante como la que nos ocupa necesita vigilancia y contralor inmediato y por eso nada más justo que sea la Municipalidad la encargada de verificarlo y nada más justo también que con el mismo criterio que lo ha hecho ese Superior Gobierno con la Oficina del Registro Civil de San Francisco al entregarla a la municipalidad se resuelva el presente caso” luego pidió que la oficina en cuestión “pase a depender directamente de la municipalidad, en la seguridad que se obtendrá un beneficio público”.
Y lo reclamos continuaron. El 17 de junio de 1919 el intendente expresó su pedido de solución ante Félix Sarría (hijo) que entonces era el ministro de Gobierno provincial. En esa nota se menciona que la autoridad villamariense, por el mismo tema, había mantenido una reunión con Rafael Núñez quien había ocupado el Ministerio. Como puede notarse este reclamo es de una fecha posterior a la del decreto de traspaso de la oficina del Registro Civil. Quizás la comunicación de la medida fue demorada. Lo concreto es que en el libro copiador de la correspondencia que en 1919 remitió el intendente de la ciudad aparece, fechado el 25 de junio, un pedido al nuevo jefe del Registro Civil. En el mismo se le requiere a Luis Cané que confecciones el acta de defunción de Aquilino Herrera. Es claro que Plá había dejado el cargo y la oficina del Registro Civil pasó a depender del municipio local.